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A continuación, te resolvemos algunas de las dudas que quizás todavía tengas pendientes:

¿Dónde tengo que darme de alta?

Tu empresa deberá registrarse en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el caso de España.

Tengo una empresa pequeña, ¿me afecta el RGPD?

Sí, a ti y a todas las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad económica y que procesen datos de carácter personal.

Ya cumplo con la LOPD, ¿qué más tengo que hacer?

El RGPD trae consigo muchas novedades y los requisitos van mucho más allá de la ley vigente; así que es poco probable que ya estés preparado. Revísalo bien y ponte al día.

¿Cuánto dinero me va a costar?

Depende del tamaño de tu empresa, pero algunos de los gastos derivados pueden ser:

  • La cuota de registro en el organismo oficial en cuestión; en este caso, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Esta podrá depender del tamaño y volumen del negocio.
  • Auditoría de los procesos de todos los departamentos de la empresa.
  • Modificaciones, como formación o adaptación de los sistemas informáticos.
  • Formación de un delegado de protección de datos.
  • Mantenimiento de los procesos para el cumplimiento del RGPD.

¿Es necesario nombrar a un delegado de protección de datos?

En algunas empresas, sí. Por ejemplo: los organismos públicos o las entidades que gestionen datos sensibles (datos médicos, infracciones penales…). Este puede ser un empleado actual o alguien de fuera de la empresa, pero tendrá que recibir una formación adecuada.

Asegúrate de que estás preparado antes de la implantación del RGPD y que no tienes dudas al respecto. A partir del 25 de mayo se hace efectiva su aplicación y deberás cumplir con todos los requisitos establecidos.

Fuente: Perea Abogados

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