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La Autoritat Catalana de la Competència ACCO es la encargada de la represión de las actividades contrarias al Derecho de la Competencia, con ámbito restringido a Cataluña. La ACCO lleva una encomiable actividad de promoción de la libre Competencia y la Competencia leal.

Estas son algunas de sus actividades recientes.

TRANSPORTE DE VIAJEROS EN VEHÍCULOS

En un Informe, la ACCO analiza el Decreto Ley 5/2017, de 1 de Agosto, de la Generalitat de Catalunya, para ordenación de los servicios de transporte de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas. Considera que introduce restricciones a la competencia y si se adecuan a los principios de necesidad y proporcionalidad. Sostiene que se ha perdido una oportunidad de regular la actividad de alquiler de vehículos con conductor de forma más favorecedora de la competencia en pro de un mayor beneficio para los usuarios.

DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Serveis Funeraris del Penedès

El Tribunal Català de Defensa de la Competència de la ACCO ha declarado que la empresa Serveis Funeraris del Penedès, el Consorci Sanitari de l’Alt Penedès (que gestiona el Hospital Comarcal del Alt Penedès) y el Consorci Sociosanitari de Vilafranca del Penedès (que gestiona el Centre Sociosanitari Ricard Fortuny) infringieron el Art. 1.1 de la Ley de Defensa de la Competencia. Realizaron prácticas restrictivas de la competencia en el sector funerario: obstaculizaban la competencia en el transporte de difuntos, desde los centros sanitarios respectivos hasta el municipio de inhumación.

Col.legi Oficial d’ Odontòlegs i Estomatòlegs de Catalunya

El Tribunal Català de Defensa de la Competència de la ACCO acordó la terminación convencional del procedimiento sancionador contra el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Cataluña COEC. Por actuaciones relacionadas con: honorarios y ejercicio profesional, elección del protésico dental por los pacientes y campañas publicitarias que alteraban las condiciones de competencia en los servicios de odontología. El Tribunal declaró vinculantes los compromisos propuestos por el COEC. Considera resuelven los efectos sobre la competencia de las conductas analizadas.

Santiago Nadal

Fuente: SNAbogados

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