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La Comisión Europea convocó el pasado 4 de febrero una consulta pública invitando, hasta el próximo 27 de mayo, contribuciones para diseñar y perfeccionar el futuro Reglamento de Exención por Categorías para Acuerdos Verticales (el “Reglamento de Verticales”) que reemplazará al Reglamento actualmente en vigor, cuya expiración se producirá el 31 de mayo de 2022.

La consulta tiene una enorme relevancia práctica para empresas de todos los sectores y dimensiones, ya que los acuerdos verticales – aquellos suscritos por operadores económicos que se encuentran en distintos niveles en la cadena de producción o distribución – son fundamentales para casi toda la economía; incluyen, entre otros, los acuerdos de aprovisionamiento exclusivo, distribución exclusiva, distribución selectiva, franquicia, obligación de compra mínima, precios de reventa, bloqueo geográfico y la vinculación y venta por paquetes.

Además, durante la pasada década las dudas jurídicas respecto a estos acuerdos se han multiplicado por la creciente importancia de las ventas on-line y la entrada de nuevos modelos de negocio, intermediarios y plataformas digitales, cuyos campos de actividad en muchos casos se expanden a la venta directa, marketing y desarrollo, en detrimento de los fabricantes y vendedores tradicionales.

En este sentido, tanto la Comisión Europea como las autoridades de competencia nacionales han tenido un papel muy activo en la lucha contra acuerdos verticales limitadores de la competencia. De los casos más relevantes comentados en el blog cabe destacar, a nivel de la Comisión Europea, la sanción a cuatro fabricantes de productos electrónicos por haber impuesto los precios de reventa a distribuidores online; las investigaciones a Nike, Sanrio y Universal Studios por restricciones transfronterizas en acuerdos de licencia y distribución en productos de merchandising; y la sanción a Guess por bloquear las ventas transfronterizas y restringir la competencia en sus contratos de distribución selectiva con sus minoristas. También destacamos la sanción de la Autoridad de Competencia Francesa al fabricante de herramientas eléctricas Stihl por prohibir de facto a sus distribuidores autorizados vender sus productos en línea al imponer un requisito de entrega en mano. En definitiva, no cabe duda de la cada vez mayor importancia y, a veces, complejidad que implica cumplir con la normativa en esta área.

En este sentido, el objetivo del proceso de consulta es recabar impresiones y puntos de vista de las partes interesadas. Esto permitirá a la Comisión determinar si debe dejar que el Reglamento expire, prolongar su duración o revisarlo para tener en cuenta los nuevos desarrollos del mercado desde su adopción en 2010. Los inputs recibidos se evaluarán en base a los criterios de efectividad, eficiencia, relevancia, coherencia y valor añadido a la UE.

El formulario para participar puede accederse desde aquí. También cabe la posibilidad de contactar mediante correo electrónico (COMP-VBER-REVIEW@ec.europa.eu). El interesado puede trasladar sus respuestas en cualquiera de las lenguas oficiales de la UE y se permite contestar de forma anónima, indicando simplemente una dirección de correo electrónico.

Una vez analizadas las respuestas de la consulta, se prevé la organización de un taller abierto a las partes interesadas a lo largo del cuarto trimestre de 2019 en Bruselas. Asimismo, también se llevarán a cabo diálogos estructurados con las autoridades de competencia de los Estados miembros de la UE en el marco del grupo de trabajo sobre restricciones verticales de la Red Europea de la Competencia.

Finalmente, si todas las etapas del proceso legislativo siguen su curso, se espera la adopción final del nuevo Reglamento de Verticales por la Comisión en el segundo trimestre de 2020.

Andrew Ward, Irene Moreno-Tapia y Joaquim Candel