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Desde que se creara la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual por mor de la conocida como la Ley Sinde en 2012, e incluso más adelante cuando a través de la reforma de la ley de Propiedad Intelectual se dotaron de mayores atribuciones y competencias a dicha sección para la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual en el entorno digital, no han sido pocas las voces que se han quejado de las limitaciones y carencias que este órgano administrativo carecía para hacer frente a la ingente cantidad de infracciones que se producían en nuestro país.

En particular, según datos manejados por algunas entidades y asociaciones del sector, los procedimientos instruidos por la Sección Segunda cierres de páginas web que infringían derechos de propiedad intelectual tardaban una media 400 días por lo que en la mayoría de los casos cuando se logra resolver un expediente la web en cuestión ya no está operativa o ha perdido por completo de interés para sus titulares, con lo que el volumen de la infracción es residual. Todo ello por no mencionar que el cierre de una determinada página web no impedía al sujeto infractor abrir nuevas páginas alternativas que deberían en su caso ser objeto de un nuevo procedimiento.

Con todo, ayer mismo el nuevo Ministro de Cultura, D. Iñigo Méndez de Vigo, anunció ayer la creación de una fiscalía contra la piratería, así como la dotación de mayores recursos a la citada Sección Segunda para atajar los inconvenientes y limitaciones con que se encuentra dicho organismo para ofrecer una solución rápida y eficaz ante una realidad tan dinámica y masiva como es la piratería online.

La noticia, amén de positiva para la industria, no deja de presentar ciertas dificultades en tanto que tales medidas, en especial la creación de una nueva sección dentro del ministerio público, no dependen ya exclusivamente del Ministerio de Cultura sino que requerirán también de la colaboración e iniciativa de la cartera de Justicia, igualmente apremiada a emprender sus propias reformas en esta legislatura que recién arranca.

No en vano, el anuncio ha sido recibido con cierto recelo por parte de las asociaciones de creadores y el resto de afectados de la industria, que posponen su valoración a la efectiva y concreta ejecución de las medidas adelantadas.

Sea como fuere, esta iniciativa se suma a los últimos avances que en esta materia se vienen produciendo tanto a nivel legislativo con las reformas de la Ley de Propiedad Intelectual y del Código penal, de 2014 y 2015 respectivamente, como a nivel jurisprudencial en particular a resultas de la reciente sentencia del TJUE en el caso GSM Sanoma, que consideración de la actividad de enlazar contenidos como acto de explotación de derechos de autor y su calificación de acto infractor bajo determinadas circunstancias.

Autor: Jean-Yves Teindas