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El pasado sábado, día 16 de marzo, se publicó en el BOE la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, que entrará en vigor el próximo 16 de junio de 2019, y que analizamos en esta alerta, cuya versión íntegra, y también disponible en inglés, puedes consultar haciendo clic aquí.

La Ley tiene por objeto la transposición de la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial por el que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) nº 1093/2010, y cuyo plazo de transposición a la normativa nacional finalizó el 21 de marzo de 2016.

A pesar de esto, la transposición de la citada Directiva no se ha completado en la Ley, puesto que se encomienda al Gobierno el desarrollo reglamentario de urgencia, y en todo caso antes de seis meses, de las disposiciones relativas a materias tan relevantes como: la información precontractual y asistencia adecuada que debe facilitarse a los prestatarios; el establecimiento de un modelo de contrato de préstamo con garantía hipotecaria; la obtención y documentación apropiada de datos relevantes del potencial prestatario; las condiciones y efectos de la evaluación de la solvencia del potencial prestatario; etc.

Principalmente, esta Ley persigue reforzar las garantías de los prestatarios en el proceso de contratación y minimizar, en última instancia, la ejecución de este tipo de préstamos por vía judicial. Al mismo tiempo, se busca la implantación de un mercado único europeo del crédito hipotecario más armonizado, transparente, eficiente y competitivo, consiguiendo así un mayor nivel de protección de las personas físicas que obtienen financiación al tiempo que se persigue mitigar la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos y la litigiosidad posterior que puedan generar.

Tal y como apunta la exposición de motivos, esta Ley regula tres aspectos diferenciados: contiene normas de transparencia y de conducta que imponen obligaciones a los prestamistas e intermediarios de crédito, así como a sus representantes; regula el régimen jurídico de los intermediarios de crédito inmobiliario y los prestamistas inmobiliarios; y establece un régimen sancionador para los incumplimientos de las obligaciones contenidas en dicha Ley.

Accede al análisis completo, para conocer las principales novedades introducidas en la normativa -como el ámbito de aplicación, las normas de conducta y la transparencia en la concesión de préstamos y créditos inmobiliarios, o la obligación de evaluar la solvencia antes de celebrar el contrato-, así como las implicaciones actuales de esta ley y las líneas de actuación -como el periodo de adaptación a la ley, su impacto sobre los acuerdos de banca-seguros, o cómo afectará a las ventas de carteras hipotecarias de los bancos el nuevo régimen de vencimiento anticipado.

Artículo de Periscopio Fiscal & Legal : https://periscopiofiscalylegal.pwc.es/asi-es-la-nueva-ley-reguladora-de-los-contratos-de-credito-inmobiliario/

Beltrán Gómez de Zayas

Socio responsable de Banking & Finance de PwC Tax & Legal Services

Francisco Javier Cano

Socio del área de Mercantil, Sectores Regulados