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El Gobierno, dentro de las medidas que se engloban en el Estado de Alarma, ha establecido una ayuda temporal a los autónomos que tengan que dejar su actividad profesional a causa del COVID-19. Así como otras que tienen como objetivo socorrer al autónomo que necesite financiación para continuar con su trabajo.

Si eres trabajador por cuenta propia, en este artículo encontrarás los requisitos para acceder a la ayuda directa por desempleo.

Te informamos de los medios financieros que se han puesto a disposición de los que no cierren su negocio. Además, te exponemos la situación actual de los autónomos en nuestro país y las previsiones que se contemplan a día de hoy.

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Cese de actividad de autónomos por Coronavirus

La Administración quiere apoyar a los autónomos, al ser estos uno de los motores de la economía del país. El objetivo de este mecanismo es facilitar el acceso al subsidio de desempleo temporalmente a consecuencia del cese de facturación.

En este sentido, el cobro del cese de actividad será posible para los trabajadores por cuenta propia que hayan tenido que suspender su negocio tras la emisión del Real Decreto del 14 de marzo.

También los que, durante el mes inmediatamente anterior al de la solicitud de la prestación, demuestren que su facturación ha descendido al menos en un 75% comparándola con media mensual de los últimos seis meses.

A este requisito se suma que el autónomo debe haber estado dado de alta en la Seguridad Social el día 14 de marzo, y estar al corriente de sus obligaciones de pago. Pero si estás leyendo esto y te preocupa no cumplir esta última condición, debes saber que, excepcionalmente, tendrás un mes para abonar lo que tengas pendiente antes de que te denieguen tu solicitud.


Este tiempo de ayuda por desempleo no se descontará del período al que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

Importe y duración del subsidio

Los profesionales autónomos que se hallen en la situación que acabamos de describir, cobrarán, en concepto de desempleo, un total del 70% de su base reguladora conforme a su cotización. Si estás cotizando por el mínimo permitido (944,35 €), este porcentaje significa que percibirás la cantidad de 661,04 €. A esta cuantía se une el hecho de que no se tendrá que abonar la cuota mensual, lo que supone otro desahogo para este colectivo. La cuota mínima de autónomos en 2020 es de 286,15 €.

Si, por el contrario, estás pagando la cuota máxima de 1.233,20 €, lo que implica que estás cotizando por 4.069,79, tu subsidio por desempleo no ascenderá a 2.848,85 € (el 70%), sino que existen unos máximos a percibir.

Estos están establecidos por la cifra del IPREM 2020 (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), índice que se sitúa en 2020 a 537,84 € mensuales.

Por regla general, el máximo es el 175% del IPREM, es decir, el 175 por ciento de 537,84 €, lo que daría como resultado 941,22 €. Aunque con uno o más hijos a cargo, será el 200 % o el 225 % del IPREM respectivamente. Y recuerda que este máximo se te aplica igual aunque no estés cotizando hasta el tope pero sí más de lo mínimo requerido.


Pero esta ayuda de la Seguridad Social a autónomos por Coronavirus solo durará un mes para ellos, aunque, debido a que se prevé que se alargue el Estado de Alarma, probablemente se aumentará también este plazo de duración.

Ayudas financieras a los luchadores

Hasta el momento, si has decidido mantener a flote tu actividad y no tienes mermas superiores al 75% en tu facturación, tendrás que continuar pagando la cuota mensual de autónomos, sin derecho al desempleo excepcional para trabajadores por cuenta propia.

Sin embargo, debes saber que el Gobierno acaba de aprobar una línea de avales para autónomos, para ayudarles a luchar contra el cierre de su negocio. La cuantía total de este fondo de avales es de 100.000 millones de euros.

Paralelamente, el ICO (Instituto de Crédito Oficial) ha visto incrementado su nivel de deuda en 10.000 millones. Un refuerzo destinado a que los autónomos no vean denegadas sus peticiones de este tipo de créditos a esta entidad por falta de recursos de la entidad.

Autónomos en Cataluña

Si trabajas en Cataluña como autónomo, y tienes allí tu domicilio fiscal, te informamos además de que la Generalitat ha habilitado 7,5 millones de euros para prestaciones destinadas a los trabajadores por cuenta propia que hayan tenido que interrumpir su actividad por la epidemia, o que su facturación haya descendido drásticamente.

Consiste en un pago único de hasta 2.000 €, de las que previsiblemente se podrán beneficiar aproximadamente 4.500 profesionales.

Esta prestación se podrá solicitar a partir del 1 de abril en el Departament de Treball de la Generalitat, de forma telemática. Acreditando el cierre de tu proyecto o una bajada radical de ingresos durante el mes precedente al que pidas esta ayuda. Dicha disminución ha de ser de un mínimo del 75% de tu facturación, comparando esta con la media de los seis meses anteriores y con el mes respectivo de 2019.


¿Eres autónomo hace menos de un año? En ese caso, has de calcular tus pérdidas de marzo haciendo una media mensual de lo facturado hasta febrero desde el inicio de tu alta en el RETA.

La desventaja de ser autónomo societario

Los autónomos societarios, concretamente los que cuentan con trabajadores a su cargo o quienes tienen una licencia pública -como los profesionales del taxi-, no estarán protegidos por el subsidio del 70%. Incluso aunque solicite un ERTE para sus empleados, el autónomo (como empresario societario) tendrá que seguir en activo y abonando la cuota mensual.

Previsión de futuro para los autónomos

Conforme a datos de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), el número global de autónomos españoles se enfrentarán a unas pérdidas totales de entre 16.000 y 18.000 millones de euros. Por este motivo, el presidente de dicha organización, Lorenzo Amor, está demandando al Gobierno más medidas que se sumen a las ya tomadas.


Respecto a las actividades profesionales que figuran en el CNAE, de las 1.300 que existen, tan solo estarían amparadas por desempleo especial debido al virus alrededor de 150, según ATA.

A día de hoy, el número de autónomos que se puede acoger a las ayudas nacionales por cierre (o reducción del 74% de ingresos), son muchos menos que los registrados en el RETA y que también están experimentando un grave deterioro de sus beneficios.

Por ejemplo, tan solo 9.000 trabajadores por cuenta propia de la provincia de Cádiz -respecto a los 60.000 que hay censados allí- tendrán derecho al “paro” extraordinario.

Conclusión

Pese a que el colectivo de trabajadores por cuenta propia considera que el apoyo desde el ejecutivo son insuficientes, y que siguen siendo “los grandes olvidados”, no se pueden desdeñar completamente las ayudas actuales.

Si eres autónomo y has valorado cerrar tu negocio por el COVID-19, o solo conservas el 25% de tu facturación, puedes solicitarlas. E intentar en la medida de lo posible subsistir hasta que la pandemia se solucione, con el fin de que eso por lo que tanto has trabajado no desaparezca. Desde Campmany Abogados, más que nunca, ¡ánimo a todos!