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Interesante Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE de 28 Abril 2022 (Phoenix Contact v Harting Deutschland y Harting Electric) en materia de medidas cautelares en protección de una patente registrada y válida.

PHOENIX CONTACT solicitó una patente para un enchufe de conexión con clip de conductor de protección, ante la Oficina Europea de Patentes EPO. HARTING ELECTRIC se opuso a la patentabilidad del producto. La patente fue finalmente concedida, entre otros países, para Alemania.

En 2020, PHOENIX CONTACT solicitó Medidas Cautelares contra HARTING DEUTSCHLAND y HARTING ELECTRIC, ante los tribunales de Munich, para que les prohibiese la venta de productos que infringían su patente.

El tribunal alemán concluyó que la patente era válida y que estaba siendo infringida. Sin embargo, no podía ordenar una medida cautelar. La Jurisprudencia alemana establece que no se pueden ordenar medidas cautelares por infracción de patente, a menos que la patente:

  • Haya sido concedida y su validez haya sido revisada por un tribunal durante el examen de la solicitud de medidas provisionales; y
  • Haya sido también objeto de una decisión de la EPO o del Tribunal Federal de Patentes de Alemania, que confirme la validez de la patente.

El tribunal alemán consideró que dicha Jurisprudencia es incompatible con el Derecho de la UE, y planteó al Tribunal de Justicia la siguiente cuestión preliminar:

¿Es compatible con el Art. 9.1. de la Directiva 2004/48 que los tribunales alemanes se nieguen a conceder medidas provisionales por infracción de patente, en caso de que la validez de la patente no haya sido confirmada en procedimientos de oposición o nulidad en primera instancia?

Santiago Nadal