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La custodia compartida como mejor medida para los menores en casos de separación y divorcio, ha llegado y sinceramente creemos que para quedarse. Ya hemos reiterado en otras ocasiones que lo que prima y debe primar en estas situaciones es el interés del menor. Desde nuestra experiencia y en el contexto actual no cabe duda, que en la mayoría de los casos la custodia compartida es la mejor herramienta para conseguir proteger eficazmente el interés de los menores. Con jurisprudencia ya más que notable, además de con los cambios legales que la favorecen, la implantación de esta medida va subiendo cada año. Aún está muy lejos de las cifras que consideramos serán las habituales. Pero sin duda el viento del cambio sopla a favor de esta vela.

Factores que no ayudan a conseguir la custodia compartida

Antes de nada dejar claro que en ocasiones es imposible apostar por la custodia compartida. Y esto es así porque el contexto y la realidad familiar dista mucho de ser “normal”. Entrecomillamos normal porque en ocasiones es complicado explicar lo que no es normal en el seno de una familia. Es complicado sobre todo hacérselo entender a los propios implicados. Cuando nos referimos a situaciones no normales en el seno de las familias, nos referimos a situaciones en las que existe la violencia. Violencia física, violencia verbal, la falta de respeto continuada entre los miembros de la familia… Por mucho que los problemas y las situaciones nos desborden, asumir como normales esas situaciones no es sano para el crecimiento de los menores. No en vano el aprendizaje de los menores es en gran parte por imitación de sus mayores. En esos contextos el legado a los hijos es el peor posible.

En otras ocasiones el problema no son tanto las relaciones personales entre los miembros de las familias. El problema son los hábitos o conductas de alguno de los progenitores, que no son considerados adecuados ni pertinentes. El consumo de sustancias estupefacientes, estar inmersos en la delincuencia u otras actitudes o actividades que generan dudas acerca de la idoneidad para educar y cuidar a sus hijos. Otras veces los problemas para encajar la solución de la custodia compartida, no tienen que ver con las aptitudes o actitudes de los progenitores. Son problemas de organización, domicilios de los progenitores alejados el uno del otro, o los horarios laborales de alguna de las partes.

Sentencias denegando cambio en la guarda y custodia

Existen sentencias en la línea de cambiar la guarda y custodia a compartida. Por ejemplo una en la que el padre pedía la custodia compartida argumentando cambio de edad de la niña. Del año y medio del momento del divorcio a los seis años al pedir el cambio. El Tribunal objetó en aquella ocasión que el cambio de edad fuese óbice para el cambio en la guarda y custodia. La resolución del Tribunal argumentaba que lo que sí era pertinente para cambiar o no la guarda y custodia era el interés del menor. Y en esta causa de la que hablamos el Tribunal consideró que no lo aconsejaba dicho interés. El porqué, la existencia de unas relaciones muy tensas entre los progenitores. Hasta el extremo de existir denuncias penales entre ellos. Ese contexto sin duda podría perjudicar el desarrollo de la menor.

Desencuentros matrimoniales, ¿dificultan la custodia compartida?

En principio los desencuentros propios de las rupturas matrimoniales no son un impedimento para la custodia compartida. Evidentemente siempre y cuando esos conflictos o desencuentros no pasen ciertos límites. Pasados esos límites que marca la más mínima cordura es lógico pensar que eso no irá en beneficio de los menores. Una sentencia del Tribunal Supremo de 19 de Julio de 2013 refleja lo siguiente:


la custodia compartida conlleva como premisa la necesidad de que entre los padres exista una relación de mutuo respeto que permita la adopción de actitudes y conductas que beneficien al menor, que no perturben su desarrollo emocional y que pese a la ruptura afectiva de los progenitores se mantenga un marco familiar de referencia que sustente un crecimiento armónico de su personalidad

Pues bien en la resolución a la que hacíamos referencia se negaba la existencia de una relación de mutuo respeto. Hay casos en los que ese extremo puede ser claro o evidente, pero lo cierto es que no siempre es así. De ahí la importancia del informe psicosocial del que ya hemos hablado. Es cierto que el mismo no es un requisito imprescindible, pero a fe nuestra que cada vez se hace más necesario.

Cómo favorecer el otorgamiento de la custodia compartida

Lo cierto es que a la vista de los factores que dificultan la consecución de la custodia compartida, es relativamente sencillo pensar en qué cosas pueden favorecerla. Evidentemente la relación de respeto mutuo entre los progenitores es una de las claves. Otra sin duda es la sintonía en todo lo relacionado a la educación y formación de los menores. Que los progenitores demuestren que lo que les mueve es el interés del menor, y aparquen sus diferencias en pro de éste. También facilita las cosas que ambos progenitores tengan domicilios relativamente cercanos, que las distancias geográficas no impidan la puesta en práctica de la custodia compartida.

En otras ocasiones hemos hablado de la importancia que tiene en estas cuestiones el uso del sentido común. El menos común de los sentidos en ocasiones, es lo que nos debería guiar en todas las circunstancias de la vida. El sentido común dicta a unos padres que lo primero deben ser siempre sus hijos, y justo después de nuevo sus hijos. A partir de esa premisa aunque el afecto de la pareja haya desaparecido, y ya nada vuelva a ser lo mismo, deberán ser conscientes de que deben seguir trabajando por lo mejor que nunca hicieron. Al poner el bienestar y el interés de sus hijos por encima de otras consideraciones, favorecerán sin duda la medida de la custodia compartida.

El otro día Manuel Hernández, abogado de Vilches Abogados participó en el programa de Julia en la Onda, de OndaCero. Hablando de custodias compartidas, sobre el aumento en el último ejercicio de la concesión de este tipo de custodia. Se concedieron un 28,3% frente al 24,7% de las concedidas en el anterior ejercicio. Os dejamos el momento de la intervención de Manuel.

Manuel Hernández