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Os vamos a explicar sencillamente todos los pasos necesarios para realizar un cambio de denominación social en una empresa:

1.- Como paso previo al inicio del procedimiento de cambio de denominación social, la sociedad debe solicitar una nueva certificación negativa al Registro Mercantil Central (con hasta 3 alternativas establecidas por orden de prioridad) con la especialidad de que deberá solicitarse en nombre y a favor de la propia sociedad para evitar el “tráfico” de denominaciones.

2.- Una vez que obtengamos dicha certificación negativa de la denominación, deberá llevarse a cabo una modificación de los estatutos sociales por lo que será necesario convocar a la Junta General para que adopte por mayoría de votos (más de la mitad de votos según el artículo 199 de la LSC) o por el porcentaje que se establezca en los estatutos el acuerdo de cambio de denominación social. Recordad que en el anuncio de la convocatoria, debe explicarse claramente que se va a modificar el nombre de la sociedad y que los socios tienen derecho a pedir que les sean entregados el texto de los nuevos estatutos donde aparezca el nuevo nombre de la sociedad.

3.- Tras la celebración de la Junta y la aprobación de dicho cambio de denominación social, el siguiente paso consiste en acudir al Notario para otorgar escritura pública, presentando la certificación de los acuerdos de la Junta que apruebe la modificación, para su posterior inscripción en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente y publicación en el BORME, manteniéndose naturalmente la misma personalidad jurídica de la sociedad.

4.- La antigua denominación seguirá apareciendo en el Registro Mercantil, pero transcurrido un año desde la fecha de inscripción del cambio de denominación, se producirá la caducidad y por tanto la cancelación de la misma.

5.- Asimismo, deberá ser comunicado dicho cambio tanto a la Seguridad Social mediante el modelo TA7 así como a la Agencia Tributaria a través del Modelo 036 junto con una copia de la escritura.

6.- Adicionalmente cabría proteger ante la Oficina Española de Patentes y Marcas dicha denominación social como signo distintivo (marca).

En resumen, estos son los pasos básicos para realizar el cambio de denominación social en una empresa.

Jose María Dutilh

Socio Director de la Firma de Abogados LeQuid, especializada en Derecho de los Negocios y de las Empresas Sociales, estoy plenamente convencido de que el desarrollo empresarial rentable y eficiente no sólo es compatible sino que necesita la ética empresarial. En la actualidad, desde LeQuid colaboro con empresarios que necesitan una segunda oportunidad a través de estos procesos; Apoyo legal en el día a día, Re emprendimiento socialmente responsable, Fusiones y Adquisiciones, Reestructuración y Refinanciación de empresas o Concurso de acreedores entre otros.