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Muchos ciudadanos extranjeros, tras establecer su residencia en España, deben tener en cuenta que también quedará afectada su residencia fiscal. En el momento de cambiar de residencia fiscal es imprescindible declarar en España todos los activos que se tengan en el extranjero (superiores a 50 mil euros). De esta forma, todos los bienes declarados (inmuebles, cuentas corrientes, acciones, etc.) serán considerados como ahorro y que al ser preexistente, no tributaría.

En caso de no declararlos, además de incumplir con la obligación formal, podrían considerarse ingreso en cuyo caso tributarán como ingreso o ganancia.

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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