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La semana pasada, la FIFA publicó una serie de enmiendas al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (en adelante, “RETJ”) que entrarán en vigor en su mayoría el próximo 1 de marzo de 2020, a excepción de alguna medida que entrará en vigor el 1 de julio de 2020, de cara a la próxima temporada.

Entre las modificaciones más sustanciales destaca la ampliación de la aplicación del mecanismo de solidaridad a supuestos de transferencias nacionales con dimensión internacional. Recordemos que el mecanismo de solidaridad implica que si un jugador profesional es transferido durante el periodo de vigencia de su contrato, los clubes que contribuyeron a su educación y formación tienen derecho a recibir un 5% de cualquier cantidad pagada al club que transfiere al jugador, dentro del marco de ese traspaso, en función de los años que ha estado inscrito en cada club formador.

A partir de marzo, el traspaso de un jugador entre clubes afiliados a la misma asociación, siempre que el club formador se encuentre afiliado a una asociación distinta, implicará también el derecho al cobro de la contribución de solidaridad.

Otra de las novedades es la incorporación al artículo 19 del RETJ -que trata la prohibición general de las transferencias internacionales de menores de edad- de dos nuevas excepciones a dicha prohibición (hasta la fecha, la normativa prevé 3 supuestos que exceptúan la regla general de prohibición).

Así, la FIFA permitirá la transferencia internacional de menores: (i) en el supuesto de que el menor huya de su país de origen, sin sus padres, por razones humanitarias para proteger su vida o su libertad y; (ii) en el supuesto de que el menor se desplace sin sus padres, de manera temporal, a otro país por motivos académicos para participar en un programa de intercambio. En este último caso, la inscripción del jugador hasta que cumpla 18 años o hasta el final del programa, no podrá superar un año y se exige que el club de destino tenga el carácter de aficionado, esto es, sin un equipo profesional ni relación de derecho, de hecho y/o económica con un club profesional. Además, tanto los padres del jugador como los padres de acogida deben consentir la inscripción del jugador.

Además de otras enmiendas, que tratan de optimizar el proceso de inscripción provisional de jugadores cuando, por ejemplo, la asociación de procedencia del jugador no entrega el Certificado de Transferencia Internacional, o tratan de garantizar la eficacia de las inscripciones en ambas ventanas a través del Transfer Matching System, una de las reformas más relevantes, es la tan ansiada regulación y prohibición de las “transferencias puente”.

Nos referimos a la realización de dos transferencias consecutivas de un mismo jugador entre tres clubes, siendo la primera de ellas a un club intermediario de 4ª categoría (en España esta categoría aplica a partir de tercera división), no generándose en consecuencia el pago de la indemnización por formación, por estar exento.

Hasta entonces, nada impedía la realización de esa operativa debido a que el artículo 5 del RETJ permitía que un jugador pudiese estar inscrito en un máximo de tres clubes durante una misma temporada y ello permitía a los clubes esquivar el pago de la indemnización por formación. Sin embargo, la FIFA ha acabado con este tipo de prácticas, que califica de “ilegítimas”, mediante su definición y prohibición a través del nuevo artículo 5.bis del RETJ.

Además, con el objetivo de garantizar una rápida eficacia de la medida, se invierte la carga de la prueba, de modo que se recoge la presunción de que las partes han participado en una “transferencia puente” si llevan a cabo dos transferencias consecutivas del mismo jugador, nacionales o internacionales, en un plazo de 16 semanas, siendo necesario la presentación de pruebas en contra para evitar una sanción disciplinaria.

En conclusión, la gran mayoría de estas nuevas modificaciones introducidas por la FIFA, pretenden garantizar una mayor transparencia y seguridad jurídica en las transferencias de jugadores.

Lidia Margareto - Asociada

Fuente: Cuatrecasas

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