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Con el objetivo de impulsar el crecimiento de un parque móvil sostenible con el medio ambiente y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, el Gobierno de Canarias ha aprobado la Ley 17/2019, de 9 de mayo (publicada el pasado viernes 17 de mayo), que aplica el tipo cero del IGIC a la entrega e importación de determinados vehículos.

  • Los vehículos híbridos eléctricos cuyas emisiones no excedan los 110 gramos de dióxido de carbono por kilómetro recorrido.
  • Los vehículos eléctricos, con la excepción de los vehículos que marchen por raíles instalados en la vía.
  • Los vehículos destinados al transporte público propulsados por gas licuado del petróleo (GLP) y por gas natural vehicular.
  • Los vehículos de pila de combustible.
  • Los ciclos, bicicletas y bicicletas con pedaleo asistido.

Asimismo, se establece que quedará sujeto al tipo cero del IGIC:

  • El arrendamiento de vehículos eléctricos, ciclos, bicicletas y bicicletas con pedaleo asistido y vehículos destinados al transporte público propulsados por gas licuado del petróleo (GLP) y por gas natural vehicular.
  • Y las ejecuciones de obra que instalen un sistema de alimentación de combustibe para transformar vehículos monocombustibles en vehículos bicombustibles más ecoeficientes.

Estas medidas entraron vigor el pasado día 18 de mayo de 2019.

La citada Ley 17/2019 introduce como novedad, además, la extensión de la devolución parcial del impuesto sobre combustibles derivados del petróleo (actualmente limitado al "gasóleo profesional" consumido por transportistas y agricultores) a la "gasolina profesional", siempre que en este último caso se trate de vehículos híbridos eléctricos o vehículos bicombustibles.

Esta última medida entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2019.

Fuente: Garrigues Abogados

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