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Seleccionar la sede de un arbitraje puede tener importantes efectos legales. Por ello, es necesario tener en cuenta una serie de criterios y recomendaciones antes de tomar una decisión. La institución arbitral Delos Dispute Resolution ha elaborado una guía de sedes arbitrales que incluye un listado de aquellas que considera ‘seguras’.

La elección de la sede del arbitraje es una decisión que tiene significativas consecuencias legales. Tales consecuencias se refieren a (i) la legislación reguladora del proceso arbitral que resulte aplicable; (ii) la posibilidad de nulidad del laudo y, en su caso, la regulación de la misma; y (iii) la validez, en su caso, del convenio arbitral. Además, el lugar de la sede del arbitraje determina dónde debe reputarse hecho el laudo, esto es, la nacionalidad del laudo, a los efectos del reconocimiento del mismo conforme a lo previsto en la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras de 1958 (Convención de Nueva York).

Los criterios generalmente considerados −o que deberían considerarse− a la hora de elegir la sede del arbitraje son los siguientes:

  1. Que el Estado donde se encuentre la sede del arbitraje haya ratificado la Convención de Nueva York, instrumento imprescindible para el reconocimiento y ejecución del laudo más allá de las fronteras de dicho Estado. Actualmente, el número de Estados contratantes de la Convención de Nueva York asciende a 149.
  2. Que la legislación reguladora del procedimiento arbitral y los tribunales del Estado de la sede sean arbitration friendly, criterio del que dependerán circunstancias tales como la ejecución de medidas cautelares y otros actos de auxilio judicial, la ejecución del laudo y la posibilidad de solicitar la revisión judicial del mismo. En este sentido, habrá que considerar las siguientes circunstancias, entre otras:
    1. Que la ley reguladora del arbitraje sea clara y moderna y respete la elección del arbitraje por las partes como método de solución de sus disputas.
    2. Que incorpore mecanismos para un rápido reconocimiento y ejecución de resoluciones y laudos dictados en la sede.
    3. Que limite la intervención judicial en los litigios que las partes hayan acordado resolver mediante arbitraje a los casos en que las partes soliciten dicha intervención.
    4. Y que reconozca la inmunidad de los árbitros en materia de responsabilidad civil.
  3. También es necesario que el Poder Judicial del Estado en el que va a establecerse la sede arbitral sea independiente, eficiente y con experiencia en asuntos comerciales y mercantiles complejos.
  4. Finalmente, habrán de tenerse en cuenta otras circunstancias que no deben reputarse decisivas pero que influirán en la elección de la sede del arbitraje. Así, por ejemplo, (i) el idioma en que va a desarrollarse el procedimiento arbitral en caso de que las partes no hayan establecido uno específico en el convenio arbitral; y (ii) la comodidad y los costes asociados a la elección de una sede u otra −transporte, comunicaciones, infraestructura hotelera y de servicios, etcétera−.

Atendiendo a los criterios anteriores y a otros, la institución arbitral Delos Dispute Resolution ha elaborado una guía de sedes arbitrales[1] que incluye un listado de aquellas sedes consideradas seguras. Delos es una institución con sede en París, creada en 2014 con el fin de proporcionar soluciones arbitrales eficientes en términos de tiempo y coste. Ofrece una solución innovadora y sistemática desde la fase de elaboración del contrato hasta la emisión del laudo final en caso de arbitraje.

La guía abarca 54 jurisdicciones nacionales e identifica 32 sedes seguras de arbitraje, además de tres asientos seguros emergentes: Bucarest, en Rumania; Road Town, en las Islas Vírgenes Británicas; y La Valeta, en Malta.

La guía, conocida con el acrónimo GAP (Guide to Arbitration Places), está diseñada para ayudar a los abogados y a los profesionales del arbitraje a tener acceso a información clave sobre una amplia gama de jurisdicciones, con el fin de negociar la elección de las sedes arbitrales y llevar a cabo las actuaciones arbitrales en esas jurisdicciones. El análisis de cada jurisdicción ha sido elaborado por reconocidos profesionales del arbitraje de esa jurisdicción, y proporciona información práctica y consejos para quienes no conocen la sede en cuestión. En el caso de España, el análisis ha sido realizado por Carlos de los Santos, Margarita Soto y Elisa Vicente, del departamento de Litigación y Arbitraje de GARRIGUES.

Citando a Hafez R. Virjee, presidente de Delos, la guía define la sede arbitral segura como aquélla donde el marco legal y la práctica de los tribunales apoyan el recurso al arbitraje como un mecanismo de resolución de disputas justo, equitativo y rentable.

Teniendo en cuenta algunos de los criterios ya señalados, las 54 jurisdicciones evaluadas se clasifican con arreglo a un código de colores, de forma que las sedes arbitrales seguras son aquéllas que han recibido un semáforo verde para todos los criterios considerados.

También proporciona una evaluación de cada jurisdicción basada en varios criterios, utilizando el mismo código de colores. La referida tabla puede consultarse aquí.

Las 32 sedes seguras identificadas por la guía GAP son las que recibieron semáforos verdes para todos los criterios medidos, y son las siguientes: Ámsterdam, Auckland, Berlín, Calgary, Copenhague, Estocolmo, Frankfurt, Ginebra, La Haya, Hamburgo, Helsinki, Hong Kong, Lisboa, Londres, Madrid, Miami, Montreal, Múnich, Nueva York, Oslo, Ottawa, París, Port Louis, Oporto, Rotterdam, Seúl, Singapur, Sydney, Toronto, Vancouver, Viena y Zúrich.

El semáforo verde indica que la jurisdicción ha sido evaluada positivamente, el semáforo amarillo indica la necesidad de actuar con precaución, y el semáforo rojo indica que existe una dificultad potencialmente significativa.

Garrigues cuenta con oficinas en algunas de las sedes identificadas como seguras por Delos, como Lisboa, Londres, Madrid, Nueva York y Oporto.

Delos se encuentra actualmente en un road show de presentación de la guía GAP. La próxima parada tendrá lugar el 6 de noviembre en Madrid, y la conferencia se celebrará en las oficinas centrales de Garrigues.

David D Caron y Maxi Scherer, Delos Guide to Arbitration Places (1st edn) Delos Dispute Resolution 2018

Fuente: Garrigues Abogados

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