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Hoy martes, 10 de septiembre de 2019, el abogado general de la UE Maciej Szpunar ha considerado que el Índice de Referencia Préstamos Hipotecarios (IRPH) no es un índice transparente por el simple hecho de ser oficial y, por tanto, los jueces pueden estudiar si es abusivo o no. Adjuntamos a la presente Circular el escrito íntegro con las conclusiones mencionadas.

El letrado contradice de esta manera la doctrina del Tribunal Supremo, que le avaló en 2017 y declaró que la referenciación de una hipoteca a un tipo oficial como el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad.

Estas conclusiones no son vinculantes de cara a la futura sentencia. El dictamen definitivo se espera para el primer trimestre del año próximo.

El IRPH es, después del Euribor, el índice al que más se han ligado las cuotas hipotecarias en España.

Este índice ha sido históricamente más elevado que el Euribor, que en los últimos días ha profundizado en sus niveles negativos. Las discrepancias sobre su uso se iniciaron en el año 2013 y sobre todo hasta 2016, cuando el IRPH se estabilizó en valores próximos al 2%, mientras que el Euribor empezó a aproximarse a valores cercanos a cero hasta entrar en terreno negativo.

Para prevenir una oleada de reclamaciones y demandas judiciales, algunas de las entidades más expuestas al IRPH, como por ejemplo Sabadell, han ofrecido a sus clientes cambiar este índice por una hipoteca a tipo fijo. Los ocho principales bancos tienen más de 17.500 millones en hipotecas vivas ligadas al IRPH.

El TJUE ha fallado en el mismo sentido que el abogado general, que ofrece un dictamen independiente, en el 67% de las ocasiones, aunque, por ejemplo, no fue así en el caso de las cláusulas suelo.

Esperamos que la presente Circular sea de su máxima utilidad.

[ Anexo ] Documento completo de las conculsiones del abogado general de la UE