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El Tribunal Supremo ha estimado en parte los recursos de casación que plantearon cinco acusados por el caso AFINSA. Más de una década en los juzgados lleva este caso. Nuestro Bufete Vilches Abogados Madrid, ha estado desde el inició personado en esta causa acompañando a nuestros clientes. Buscando justicia por la estafa a la que se vieron sometidos, y otros delitos que se cometieron en este caso. Vamos a ver en qué consiste el caso AFINSA y qué dice el auto de la Sala II del Tribunal Supremo.

Qué era AFINSA

AFINSA era un grupo empresarial que se especializó en inversión en sellos y algunos otros bienes. La empresa se fundó en los años ochenta y al frente de la misma estaba Albertino de Figueiredo. La empresa operaba en mercados de Europa, EEUU y Asia. Para entender el volumen de esta empresa basta decir que en dos mil cuatro disponían de un centenar de oficinas repartidas por todo el mundo. Contaban con más de dos mil quinientos empleados, y más de ciento cuarenta mil clientes. El volumen de negocio se cifraba en más de quinientos millones de euros.

AFINSA ofrecía canalizar la inversión de pequeños y medios ahorradores en bienes tangibles de colección. Publicitaban productos desde veinte euros al mes, y otros que requerían inversión inicial de cerca de seis mil euros. Este último producto prometía beneficios al cabo de siete años. Todo ello basado en la solidez de los valores filatélicos.

La intervención de la empresa en 2006

Fue en Mayo del año 2006 cuando saltaba la noticia. AFINSA junto a otra empresa Fórum Filatélico eran intervenidas judicialmente. La operación tomo el nombre de Atrio, y se acusaba a los detenidos de estafa. Cuatro responsables de la empresa fueron detenidos aunque salieron en libertad con cargos a los pocos días. AFINSA estaba acusada de una estafa piramidal. El mecanismo de las estafas piramidales es siempre más o menos el mismo. Se capta a unos primeros inversionistas que precisan de captar a más y más para obtener beneficios, y así se va aumentando la cadena. A este sistema repetido en las estafas piramidales se unía una acusación más. Se les acusaba de no tener los sellos que decían tener, que algunos eran falsificaciones y otros estaban sobre-valorados. La estafa afectó a la totalidad de los clientes, y se nombraron tres administraciones concursales, el grupo Mufasa, Domfil, editora de catálogos filatélicos, y Publiafinsa.

El sistema montado por AFINSA era simple, se captaban pequeños ahorradores para invertir en sellos. Por lo general desde trescientos euros, con una promesa de recibir un 6% de interés al año, pues sus productos se revalorizarían. Una particularidad es que los inversores no tenían jamás acceso a los sellos en los que invertían. La mayoría de los ahorradores invirtieron una cantidad cercana a los veinte mil euros. Son pocos, pero los hay, que invirtiesen más de un millón de euros.

2016 la sentencia del caso AFINSA

Tras un periplo judicial intenso la Audiencia Nacional condena en julio de 2016 a Juan Antonio Cano, presidente de AFINSA a doce años y diez meses de prisión. La AN consideraba a éste autor material de un delito de estafa piramidal, contra cerca de doscientos mil ahorradores. Se le imponía en esa sentencia una multa de doscientos cuarenta mil euros. Otras diez personas fueron condenadas en la misma sentencia. Los ex-consejeros Carlos y Albertino de Figuereido entre ellos. Condenados como autores de estafa, insolvencia punible y falsedad contable. Los dos ex-consejeros fueron condenados a once años y once meses y once años de cárcel respectivamente.

El fallo de la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional era categórico. Por ello imponían a los condenados el tipo agravado del delito de estafa. Para ello consideraron el perjuicio masivo a los ahorradores, que perdieron los ahorros que guardaban para la jubilación o para tiempos de crisis. El fallo tildaba el negocio como ficticio, al carecer de sentido económico y sobre valorar los sellos. Al tiempo los clientes estaban poco o deficientemente informados, por lo que invertían a razón de la promesa de devolución de capital más intereses muy por encima de lo que ofrecía el mercado financiero.

La reducción de la pena en el Tribunal Supremo

Los cinco principales directivos de AFINSA condenados en julio de 2016 presentaron recurso de casación en el Tribunal Supremo. La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha estimado en parte el recurso presentado por los condenados. Ha rebajado las penas, condenado al ex-presidente de AFINSA a ocho años y siete meses de prisión. Una rebaja de casi cuatro años. Si bien le mantiene la condena por delitos de estafa, insolvencia punible y falsedad de las cuentas anuales. A los otros cuatro condenados principales les reduce las penas más o menos en el mismo rango que a éste. Así las cosas quedan penas de entre ocho años y cuatro meses de cárcel, u ocho años y seis meses.

El fallo del Supremo ratifica que todos ellos cometieron los mismos delitos, aquellos por los que se les condenó en julio de 2016. Señala el fallo “que hubo un concurso ideal entre los delitos de estafa e insolvencia, y un concurso medial entre éstos y el delito de falsedad de las cuentas anuales”. Esta consideración es la que lleva al Supremo a la rebaja de la pena a estos cinco condenados.

Para el director del departamento jurídico de AFINSA, se confirma la condena de seis años y tres meses de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional. José Joaquín Abajo Quintana, era cooperador necesario de la estafa. Junto con el resto de condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a los 199.022 pequeños inversores estafados. Con la cantidad de 2.574 millones de euros, responsable civil subsidiaria del pago de estas cantidades será AFINSA, Bienes Tangibles S.A.

Manuel Hernández

Fuente: Vilches Abogados

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