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El 26 de octubre de 2017, el Tribunal General (TG) publicó su sentencia relativa al asunto T-704/14, Marine Harvest c. Comisión, confirmando la sanción impuesta por la Comisión Europea a Marine Harvest por la falta de notificación de una operación de cambio de control (práctica conocida como “gun-jumping”). El enlace a la sentencia (en inglés) puede encontrarse aquí.

Marine Harvest es una multinacional noruega cotizada que se dedica a la cría de salmones y manufactura de productos primarios derivados de dicho animal, líder mundial en cría de salmón. En diciembre de 2012, adquirió de dos compañías el 48,5% de las participaciones de la sociedad Morpol, también cotizada y líder en productos procesados de salmón. De acuerdo con la normativa noruega, existe la obligación de presentar una oferta pública de adquisición (OPA) sobre una compañía cotizada si se adquiere más de un tercio de las acciones o participaciones de la misma. Marine Harvest lanzó, por tanto, una OPA inmediatamente después de la adquisición del 48,5% y adquirió el capital restante de Morpol en noviembre de 2013.

Con carácter general, el Reglamento 139/2004, sobre control de concentraciones (Reglamento de control de concentraciones) establece la obligación de notificar a la Comisión Europea cualquier operación de concentración de dimensión comunitaria. No obstante, el artículo 7(2) de la misma prevé que, cuando la concentración responde a una OPA o a la adquisición de valores admitidos a negociación en un mercado a varios vendedores, se permite su notificación inmediatamente después de completar la operación. En aplicación de esta disposición Marine Harvest procedió a notificar la adquisición de Morpol una vez ejecutada la OPA, en noviembre de 2013.

Sin embargo, la Comisión Europea consideró que la adquisición inicial del 48,5% en noviembre de 2012 ya le había conferido a Marine Harvest control exclusivo de facto sobre Morpol; al estar el resto del capital de Morpol muy fragmentado, el 48,5% ya otorgaba a Marine Harvest una mayoría estable en los órganos de decisión. En consecuencia, le impuso dos multas por valor de 20 millones de euros.

En su recurso ante el TG, Marine Harvest alegó que la Comisión había errado al declarar inaplicable al caso la exención prevista en el artículo 7(2) del Reglamento de concentraciones. Sin embargo, el TG no acoge este argumento.

Partiendo de la base de que la recurrente adquirió control exclusivo de facto sobre Morpol mediante la adquisición del 48,5% de la misma, el Tribunal concluye que las exenciones previstas en el artículo 7(2) no son de aplicación en una operación entre privados, como fue la de diciembre de 2012. En particular, no considera aplicable ninguna de las dos excepciones por los siguientes motivos:

  1. Excepción por OPA: al contrario de lo que alega la recurrente, no se aprecia la existencia de una única operación, ejecutada en dos fases, puesto que, con la ejecución de la primera de ellas (independiente de la OPA), Marine Harvest ya había adquirido el control de Morpol. Por lo tanto, no puede apreciarse que se tratara de una adquisición de control en varias fases.
  2. Excepción por adquisición de valores admitidos a negociación: la clave de este punto reside en que, mediante la adquisición de las participaciones a una de las compañías vendedoras, Marine Harvest ya adquirió control exclusivo de Morpol. No se cumple así el requisito de que se adquieran dichos valores de varios vendedores, puesto que con la adquisición a un vendedor resultó suficiente.

Además, el TG también desestima el argumento de la recurrente según el cual no actuó de manera negligente. El TG establece que cualquier operador económico suficientemente diligente debería haber conocido el criterio de la Comisión respecto del artículo 7(2), expresada en el obiter dicta de la decisión del asunto COMP/M.4730, Yara/Kemira Growhow. Además, el TG recuerda (invocando el asunto Electrabel) que la experiencia previa de una compañía en notificaciones de operaciones de concentración es un factor relevante a la hora de apreciar si actuó de manera negligente. A ello se añade que Marine Harvest había sido precisamente sancionada con anterioridad por ejecutar una operación sin autorización a nivel nacional. Por todo ello, el TG confirma que Marine Harvest actuó de manera negligente.

La sentencia del TG es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal de Justicia en el plazo de dos meses.

Fuente: Cuatrecasas

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