Togas.biz

La ley del contrato de seguro establece el deber del tomador del seguro de declarar al asegurador, antes de la conclusión del contrato, las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo, de acuerdo con el cuestionario que este le someta.

Conforme a ello, el Tribunal Supremo (TS), acaba de dar la razón a una aseguradora en un contencioso con un asegurado que infringió este deber, puesto que al contratar un seguro de vida e invalidez no declaró en el cuestionario una patología ocular crónica diagnosticada años antes, negándose aquella a hacerse cargo de la incapacidad permanente absoluta del asegurado declarada por esta dolencia.

Lo cierto es que el juez de instancia si dio la razón al asegurado, señalando que, pese a que el mismo fue diagnosticado y era consciente de ella, no puede decirse que infringiera su deber de declarar el riesgo, pues el contenido del cuestionario eran preguntas muy genéricas, estereotipadas y ninguna sobre problemas de visión. Además, el asegurado no seguía tratamiento alguno ni estaba bajo supervisión médica.

Pero la entidad aseguradora recurrió y obtuvo el pronunciamiento favorable de la audiencia provincial competente, que ahora ha confirmado el TS.

Se concluye que fue la del asegurado una conducta claramente fraudulenta, puesto que respondió negativamente a todas las preguntas sobre si había sido diagnosticado de una «enfermedad crónica, irreversible, progresiva y degenerativa». Dada la evidencia e importancia de sus antecedentes de salud, el mero hecho de no ser preguntado por un tipo de enfermedad concreta -ni por tanto sobre la patología de tipo ocular que padecía, o el hecho de que su enfermedad no tuviera tratamiento efectivo, en el sentido de no poder curarse ni impedir su evolución-, no le liberaban de la obligación de informar de todo ello a la aseguradora, puesto que en el momento de suscribir el seguro tenía plena consciencia de su grave patología ocular y de que estaba bajo control médico y, por lo tanto, forzosamente tuvo que pensar que todos esos antecedentes eran muy influyentes para valorar adecuadamente el riesgo de invalidez.

Fuente: Adec Assessors

Source