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Qué es un contador partidor y qué funciones puede desempeñar. Hay más de un tipo de contador partidor, estas y otras cuestiones son las que vamos a desentrañar hoy. Vilches Abogados de Madrid, tiene una amplia experiencia en derecho testamentario, así como en derecho civil, las dos ramas del derecho que entienden de esta figura. En ocasiones se tiende a confundir o mezclar esta figura con la del albacea, es un error común y en parte justificado. Pues en ocasiones el cargo de albacea se complementa con el de partidor de la herencia. En ese momento la figura exacta es la albacea contador partidor.

Contador partidor frente a albacea

Cuando se empezó a desarrollar el derecho en la Edad Media, ya se empezó a conocer las cuestiones testamentarias. Desde los inicios del derecho la figura de un partidor de la herencia es recurrente. En general los códigos legales disponían que la partición de la herencia y la ejecución de la voluntad del testador recayese en un mismo cargo o función. Esa figura es la denominada como albacea. Con el paso del tiempo y la modernización de los conceptos jurídicos se afinaron las funciones del albacea y apareció la figura del contador partidor. Es el caso de nuestro Código Civil. Así esta figura puede ser nombrada tanto por el causante como por los coherederos. Por lo general en el primer caso a ese cargo se le añaden otras funciones que son las propias del albacea.

Para nuestro Código Civil está clara la función del contador partidor, solo es la de dividir el caudal hereditario. En ningún caso hacer cumplir la última voluntad del causante. Puede entenderse que existen analogías con el cargo de albacea, aunque en principio la función de partir la herencia no es propia del albacea. Aunque es cierto que sí puede asimilar dicha función al tiempo. Cuáles son las características principales del cargo de contador partidor, las que siguen:

  • se trata de un cargo “personalísimo”. Esto es lo debe desempeñar por el mismo, no puede delegar esa función. La jurisprudencia contempla que puede ser auxiliado en su ejercicio por juristas. Solo podrá legar su responsabilidad si así lo contemplase el testador,
  • su naturaleza es voluntaria, esto es puede o no ser aceptado y siempre con absoluta libertad,
  • en principio es un cargo no retribuido. Aunque el testador puede indicar una retribución por el cargo. Esto se recoge en al Artículo 908 del Código Civil. En este aspecto hay jurisprudencia que indica que esta posibilidad de cobrar por la partición, debe estar asimilada a la pericia del encargado y no en la confianza del testador sobre la persona. Es decir su nombramiento y pago por sus servicios deben ser fundados en la actividad profesional del mismo,
  • la naturaleza de este cargo es también temporal.

Distintos tipos de contador partidor

En principio existen dos tipos de contador partidor, el nombrado por el testador, o partidor testamentario. Y en caso de no haber sido nombrado en el testamento, podrá ser nombrado un contador partidor dativo. En ausencia del testamentario el secretario judicial o un Notario, en representación de los herederos que representen al menos la mitad del haber hereditario., podrán nombrar un partidor. Para ello deberán cumplir las normas y reglas que establecen la Ley de Enjuiciamiento Civil y las del Notariado. Relativas a la designación de peritos. El partidor deberá ser aprobado o por el Secretario Judicial o por el Notario, o bien por la confirmación expresa de todos los herederos y legatarios.

Esta última figura del partidor dativo se introdujo a raíz de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Se trataba con esta figura soslayar el problema del “principio de unanimidad de los coherederos en la partición de la herencia”. Se intentaba evitar con ella el llegar a juicio para proceder a la partición en caso de no haber unanimidad entre herederos. Esta figura obviamente no procedería si el testador ya hubiese nombrado su contador partidor. Hay una tercera vía para el nombramiento de partidor. Sería en el contexto de un procedimiento judicial para dividir patrimonios. Se debe dar cuenta de un trámite de convocatoria de una junta para nombrar contador y la designación de otros peritos.

A esa Junta son llamados los herederos, los legatarios de parte alícuota, el cónyuge si existe o sobrevive al testador, y el ministerio fiscal en caso de haber menores o incapacitados. La presencia del ministerio fiscal es también necesaria en representación de los ausentes, y ante la existencia de acreedores que se hayan personado en el procedimiento. La Junta la preside el secretario judicial, los presentes deberán ponerse de acuerdo en el nombramiento del contador como en nombrar perito que evalué la herencia. Si no hay acuerdo se procede a la designación por sorteo, entre abogados ejercientes con despacho en la localidad del procedimiento. Del mismo modo se podrán recusar conforme a las reglas que rigen para los peritos.

Facultades del contador partidor

El contador partidor está facultado para realizar las operaciones particionales propias de la partición de la herencia. La buena fe del partidor se presume, y con ella sus facultades resultan ser suficientemente amplias. Así tiene libertad de apreciación al realizar su trabajo, se le entiende la posibilidad de errar de buena fe. Mientras ese error no sea perjudicial para alguno de los coherederos en más de un cuarto de su cuota. Así las cosas podrá asignar los bienes a su arbitrio, siempre y cuando su criterio de distribución no se muestre parcial o disparatado. Sin ser mencionado expresamente se sobre-entiende que la misión del partidor es interpretar el testamento. Pero ojo esto no significa que la interpretación del partidor sea vinculante o se deba aceptar sin más. Aquellos que se sientan perjudicados por su interpretación podrán hacer uso de los tribunales para que estos decidan sobre el entendimiento correcto del testamento.

En principio el contador partidor debe ceñirse en lo posible a lo que reza el Código Civil en su artículo 1061. En este se indica que se deberá en la partición hacer lotes o adjudicar a cada heredero cosas de la misma naturaleza, especie o calidad. Intentando guardar en lo posible una igualdad cualitativa en esos lotes formados. Si existiese algo indivisible o que al dividirse pierda mucho valor, podrá adjudicarlo a uno de los herederos. Con la obligación de abonar al resto el exceso en dinero. Salvo que se haya pedido por parte de algún heredero la salida en pública subasta.

¿Cuándo se extinguen las funciones del contador partidor?

El Código Civil en su artículo 910, reconoce las causas de extinción para el albacea, estas son asimilables al partidor. Entre otras la muerte, la imposibilidad de llevara a cabo la función, la renuncia o la remoción… Aparte de las comentadas en ese artículo podemos incluir la finalización del mandato. Esto es que haya terminado con las operaciones de división de la herencia. Del mismo modo podemos preguntarnos cuál es el plazo para sus funciones. Nos remitimos a lo que se marca para el albacea en el Artículo 904. Si no se hubiese fijado plazo, se debe cumplir el mismo dentro del año siguiente desde la aceptación del encargo. O de haber existido litigios sobre la validez del testamento, desde la finalización de éstos o alguna disposición de los mismos.

La jurisprudencia ha marcado que si el encargo no se ha cumplido en el plazo que dispuso el testador, o el que se establece legalmente o por decisión judicial, el cargo de contador partidor se debe extinguir. En el caso de contador dativo o aquel nombrado en procedimiento judicial, existe la posibilidad de concesión de prórrogas para el ejercicio de sus funciones.

Manuel Hernández

Fuente: Vilches Abogados

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