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Somos conscientes que el alquiler es una opción que va en auge y cada día toma más fuerza en España, según la agencia Eurostat en el año 2014 el 22% de los españoles ya vivía en una vivienda arrendada y no hace muchos años no se superaba el 10% de la población.

La concepción de vivir en un inmueble arrendado es lógicamente un opción flexible para el arrendatario, puesto que no se encuentra atado a una hipoteca y además existen determinados impuestos que el propietario deberá asumir. Sin embargo, el quid de la cuestión no esta solo en  encontrar el inmueble perfecto, pues, pueden aparecer “problemas” que amargan el dulce hogar.

Partimos de la base que España es el primer país de la Unión Europea con el mayor porcentaje de población viviendo en pisos. Exactamente, el 66,5% de los residentes españoles hace su vida en viviendas en altura, de ahí es donde surgen más controversias tanto a nivel arrendador-arrendatario como los problemas de comunidad de vecinos.

Os contamos cuáles son los 5 principales problemas que se pueden encontrar los arrendatarios y la importancia de tener un contrato de arrendamiento que sea beneficioso para ambas partes del contrato de alquiler.


El “top” 5 de los problemas.


1.- Vecinos molestos
Una vez instalado, te das cuenta que los vecinos son ruidosos, molestos o incívicos.
Nuestro consejo: Antes de firmar ningún contrato o reserva, investiga qué tal son los vecinos y la convivencia en la escalera.

2.- Sufrir problemas con la instalación eléctrica o con las tuberías
Obviamente son defectos que no se pueden detectar en la visita al inmueble. Por ello es importante que en el contrato de alquiler se fije un plazo para que el arrendatario pueda comprobar si la instalación de grifos, calefacción, enchufes, etc. funcionan correctamente. 

Además de ello, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (de aquí en adelante LAU), el propietario esta obligado a mantener la vivienda en condiciones optimas de habitabilidad. Así, en caso que no funcione grifos, calefacción, etc., hay que comunicarlo de forma inmediata al propietario para gestione de la forma más rápida las reparaciones pertinentes.

3.- Que no te devuelvan la fianza en un plazo de tiempo razonable
Se pueden dar casos en que el propietario se demore en devolver la fianza a un arrendatario que ha cumplido correctamente con sus obligaciones arrendaticias. 

Por ello, es oportuno que el arrendatario además de cumplir con sus obligaciones de pago debe dejar el inmueble en las mismas condiciones que se encontró el inmueble, ya que en caso contrario, el arrendador podrá hacer uso de la fianza para arreglar los desperfectos. 

Lo más habitual es que si arrendatario a mantenido el inmueble en las condiciones correctas el arrendador tras revisar su estado, éste devolverá la totalidad de la fianza. 

IMPORTANTE: Según la LAU y respecto a la devolución de la fianza no se establece un límite de tiempo, aunque sí que da derecho al arrendatario que a partir de un mes de retraso en la devolución de la fianza se podría reclamar intereses. 

5.- Cambio de titular en los contratos de servicios
Es otro quebradero de cabeza, es encontrar que la vivienda ya tiene contadores de agua, luz y gas, con ello el arrendatario deberá realizar los correspondientes cambios de titular y número de cuenta, si así se estipula en el contrato y con un plazo determinado. 

“Al César los que es del César”, cada uno debe asumir con sus obligaciones contractuales. Es habitual que por la relación de “confianza” el titular del contador del suministro es el arrendador y el titular de la cuenta bancaria donde se realizan los pagos es el arrendatario. Recomendamos que el titular del suministro como el de pago siempre sea el arrendatario.

Para evitar el “TOP 5”, es importante plasmar en el correspondiente contrato de arrendamiento todas las manifestaciones que sean importantes y trascendentales para ambas partes y, que a posteriori no aparezcan problemas. Para ello, os presentamos esta pequeña guía básica de lo que debe contener un contrato de arrendamiento según lo establecido en nuestra norma jurídica LAU (Ley Arrendamientos Urbanos).

Redactar el contrato de arrendamiento

Uno de los contratos que más formularios tipo se encuentran por Internet es el contrato de arrendamiento de vivienda habitual y, es normal que si buscas un inmueble de alquiler o si quieres arrendar encontrarás miles de contratos.

Por ello, queremos hacer hincapié a todos estos formularios tipo, ya que en un futuro nos pueden conllevar problemas e imprevistos. Por todo ello, aconsejamos que se solicite la ayuda en la redacción o negociación del contrato.

Con el presente artículo, pretendemos dar una guía básica del contrato de arrendamiento que servirá tanto al arrendador como arrendatario en la redacción de su contrato de arrendamiento. 

El orden lógico de cualquier contrato de alquiler así como su contenido es el siguiente:

  1. Lugar y fecha: En todo contrato, se debe identificar el lugar y la fecha de la firma. Con ello se determinará la duración del contrato. 
  2. Identidad de los contratantes: Hay que identificar las partes, con los datos personales: nombre, apellidos, dirección y DNI. En caso que exista un fiador, este también deberá ser identificado de la misma forma. 
  3. “Manifiestan…” Objeto del contrato de arrendamiento, en este punto es interesante identificar el inmueble y características.
  4. “Estipulan…” Las condiciones en las que se van a obligar ambas partes. Las condiciones más comunes son las siguientes:
    • Duración del arrendamiento: La duración del arrendamiento se podrá pactar libremente por las partes, pero en el caso que fuera inferior a 3 años, llegado el vencimiento del contrato, éste será prorrogado obligatoriamente por plazos anuales hasta los 3 años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con un mínimo de 30 días de antelación a la fecha de terminación del contrato o de la prórroga, su voluntad de no renovarlo. 
    • Renta: Se debe especificar las cantidades pactadas a pagar de forma periódica y la forma de pago de la renta por parte del arrendatario. Habitualmente en esta misma cláusula se detalla el período de aviso para que el arrendatario abandone el inmueble de forma voluntaria antes de que finalice el contrato por parte del arrendatario. 
    • Revisión de la renta: Se puede pactar de forma libre el importe, aunque lo más habitual es mediante el IPC anual. 
    • Fianza: Respecto de la fianza, corresponde como mínimo una mensualidad de arrendamiento (habitualmente son dos si el inmueble esta amueblado). Dicha fianza por parte del arrendador esta obligado a depositarla en la oficina pública que corresponda a cada Comunidad Autónoma. Una vez finalizada la relación contractual y tras la revisión del inmueble por parte del arrendador, dicha cantidad será devuelta por al arrendatario siempre y cuando el estado del inmueble se encuentre en buenas condiciones. 
    • Conservación: El arrendatario se obliga a devolver el inmueble en el mismo estado en el que se encontró el inmueble. En caso que se pactase una mejora en el inmueble es conveniente que se fije si se tiene derecho a una indemnización por ellas. Pero esto sirve sólo previo pacto entre ambas partes en el contrato.
    • Aval: No es obligatorio, pero lo habitual es que el arrendador para mantener una mayor seguridad jurídica en el pago de las rentas solicita la constitución de un aval. 
    • Gastos e impuestos: Se puede determinar libremente quién asume el pago de gastos e impuestos. Lo más habitual es que las cuotas de comunidad, tasas municipales (si hubieren, como basuras y alcantarillado) y el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correrán a cargo del arrendador. Respecto los gastos de mantenimiento de contadores, luz, agua, etc. corren  a cargo del arrendatario.
    • Reparaciones: Los gastos derivados de reparaciones por el uso habitual y mantenimiento de las instalaciones de la casa corren a cargo del arrendatario. Del resto serán a cargo del arrendador.
    • Demora en el pago. Se podrá pactar cómo proceder en caso de impago del alquiler.
    • Normas y Tribunales: Se señala qué normas se regirá el contrato y en caso de disputa cuales son los tribunales que conocerán del asunto. 
Esta guía como ya hemos manifestado es una pequeña muestra de los requisitos básicos de cualquier contrato de arrendamiento de vivienda. En caso que necesitará la ayuda de un abogado para la redacción de un clausurado más extenso y/o especifico no dude en consultar nuestros servicios.