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Actualmente y en la sociedad en la que vivimos cada vez es más frecuente la movilidad internacional de trabajadores. Consecuentemente empieza a ser habitual solicitar prestaciones o pensiones como, por ejemplo, las de incapacidad permanente o jubilación aplicando alguno de los convenios internacionales en los que es parte la Seguridad Social española.

La posibilidad de la aplicación de alguno de estos convenios puede darse por dos causas:

    Cuando el trabajador además de haber cotizado en España ha cotizado en otro país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

    2· Cuando el trabajador ha cotizado en cualquiera de los países con los que España mantiene un convenio bilateral en materia de Seguridad Social. Estos países son: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.