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El pasado 29 de marzo, la Comisión Europea (Comisión) publicó una segunda carta de compatibilidad para garantizar que la participación en un “Matchmacking Event” relacionado con la producción de la vacuna COVID-19, no plantea problemas desde el punto de vista de la normativa de competencia.

La Comisión Europea fue la anfitriona del evento “Matchmaking Event – Towards COVID-19 vaccines upscale production”, co-organizado por Ecorys Europe EEIG-GEIE (impulsor y firmante del consorcio European Cluster Collaboration Platform) y SPI (miembro del consorcio responsable de la organización operativa del evento), que se celebró virtualmente los días 29 y 31 de marzo. Este foro, que contó con la participación de más de 300 empresas –algunas competidoras directas y otras presentes en diferentes niveles de la cadena de suministro–, sirvió de plataforma para que las empresas con capacidad de producción disponible se pusieran en contacto con los desarrolladores y fabricantes de las vacunas para mejorar la planificación de la producción actual y futura de vacunas en Europa.

La carta emitida por la Comisión identifica los principios que deben respetarse para garantizar que la organización y participación en el Matchmaking Event y los posibles intercambios de información que puedan tener lugar en este contexto se realicen con arreglo al artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

En particular, la Comisión afirma que cualquier intercambio de información comercial sensible debe limitarse a lo indispensable para resolver eficazmente los problemas de suministro relacionados con la pandemia de COVID-19.

Además, para las reuniones entre competidores directos, la Comisión añade que (i) las empresas no deben compartir ningún tipo de información comercial sensible relativa a sus productos competidores y, en concreto, información sobre precios, descuentos, costes, ventas, estrategias comerciales, planes de expansión e inversión, lista de clientes, etc.; y, (ii) deben mantener un registro de los temas que se hayan discutido.

Sin embargo, en caso de que los competidores directos estimen que es indispensable el intercambio de información comercial confidencial para aumentar la producción o suministro de vacunas COVID-19, tendrían que ponerse en contacto con la Comisión 24 horas antes de participar en el intercambio de información en el contexto del Matchmaking Event.

Adicionalmente, la Comisión consideró que los coorganizadores del evento (Ecorys Europe EEIG-GEIE y SPI), deben mantener un registro de las empresas que se han reunido durante el evento y ponerlo a disposición de la Comisión cuando esta lo solicite.

Por último, la Comisión destaca que la carta de compatibilidad:

  • No cubre ninguna discusión de precios entre competidores directos o cualquier otra posible cooperación entre ellos que no sea el intercambio de información no confidencial en el contexto del evento.
  • No aplica a la cooperación posterior entre empresas no competidoras que resulte del evento, para lo cual las empresas seguirán estando obligadas a autoevaluar la compatibilidad de dichos acuerdos con la legislación de la Unión Europea en materia de competencia.

Esta es la segunda vez que la Comisión publica una carta de esta naturaleza en el ámbito de la Comunicación sobre un Marco Temporal. La Comunicación sobre un Marco Temporal ofrece directrices en materia de competencia para permitir la cooperación de las empresas ante situaciones de emergencia relacionadas con la actual crisis sanitaria. En nuestro post de 4 de mayo de 2020 tratamos la primera carta de compatibilidad remitida por la Comisión a la asociación Medicines for Europe sobre un proyecto de cooperación entre fabricantes de productos farmacéuticos para mejorar el suministro de determinados medicamentos hospitalarios esenciales para el tratamiento de pacientes graves con COVID-19.

La Comisión reitera que está dispuesta a dar orientaciones sobre iniciativas específicas de cooperación de dimensión europea que deban aplicarse rápidamente para hacer frente de forma eficaz a la pandemia del COVID-19, y sobre las que se albergan dudas en cuanto a su compatibilidad con la normativa de competencia. No obstante, la Comisión señala que las conductas que pretendan aprovechar la crisis como excusa para llevar a cabo acuerdos anticompetitivos u otras conductas no serán toleradas.