El Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, aprueba medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. Analizamos las principales novedades, que contemplan, entre otras cuestiones, el desarrollo ordenado de las energías renovables y el impulso de nuevos modelos de negocio ligados a este ámbito, así como medidas para el fomento de la eficiencia energética o la modificación de la legislación de evaluación ambiental.
Con fecha de 24 de junio de 2020, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, cuya entrada en vigor se produce el día siguiente al de su publicación.
Las medidas contenidas en esta norma tienen como finalidad garantizar una transición energética, limpia, justa, fiable y económicamente competitiva, especialmente importante en el escenario que se plantea una vez superado el estado de alarma. Al mismo tiempo, las medidas adoptadas pretenden garantizar el equilibrio y la liquidez del sistema eléctrico frente a factores coyunturales, como la caída brusca de la demanda y de los precios como consecuencia de la crisis sanitaria.
En ese sentido, se adoptan, con carácter de urgencia, una serie de medidas regulatorias con el objeto de eliminar barreras advertidas en el proceso de transición energética y establecer un marco regulatorio que fomente el proceso de reactivación económica y su electrificación, así como la implantación masiva de energías renovables, en conjunción con el principio de sostenibilidad del sistema eléctrico.
A continuación, se exponen las principales medidas de carácter energético y ambiental clasificadas por áreas.
1. Medidas para el desarrollo ordenado y el impulso de las energías renovables
Regulación del régimen de caducidad de los permisos de acceso y conexión
A estos efectos, los plazos máximos que se establecen para el cumplimiento de los distintos hitos tienen en cuenta, por un lado, la antigüedad del permiso de acceso y, por otro, la naturaleza del trámite administrativo de que se trate. Así, se distinguen cuatro cohortes de permisos de acceso: (i) los concedidos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; (ii) los concedidos desde la entrada en vigor de esta y hasta el 31 de diciembre de 2017; (iii) los concedidos desde el 1 de enero de 2018 y hasta la entrada en vigor de este real decreto-ley; y, por último, (iv) los que se concedan tras la entrada en vigor del real decreto-ley.
Para el primer bloque de permisos se ha optado por no establecer ningún hito administrativo ya que la disposición transitoria octava de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, ya regula su caducidad. En relación con los restantes bloques de permisos de acceso y conexión, se regulan las siguientes condiciones:
Para los restantes, se establecen los siguientes plazos máximos para el cumplimiento de los distintos hitos, en función de la antigüedad del permiso:
Los plazos señalados en los apartados a) y b) serán computados, todos ellos, desde la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley.
Régimen retributivo: nuevo sistema de subastas para la ordenación de las renovables
Medidas de mejora y simplificación en la tramitación de los procedimientos
2. Medidas para el impulso de nuevos modelos de negocio ligados a las renovables mediante la modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
El real decreto-ley incorpora al ordenamiento jurídico español nuevos modelos de negocio que serán claves en la transición energética.Es el caso de la figura del almacenamiento, agregadores independientes, comunidades de energías renovables, hibridación, infraestructuras de recarga de alta capacidad >250kW para facilitar la expansión del vehículo eléctrico, autorización simplificada de proyectos de I+D+i, bancos de prueba regulatorios, autorización simplificada de instalaciones de red móviles, así como la optimización del uso de la capacidad de acceso concedida. Y para ello, se modifica la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, incorporando, entre otras, las siguientes previsiones:
3. Medidas para el fomento de la eficiencia energética
4. Modificación de la legislación de evaluación ambiental
5. Otras medidas urgentes