Los plazos administrativos se reanudarán el próximo 1 de junio, mientras que los plazos procesales y sustantivos lo harán el 4 de junio, tal y como aparece contemplado en el BOE del 23 de mayo de 2020.
La Resolución de 20 de mayo de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020 (publicada en el BOE del 23 de mayo de 2020), prevé lo siguiente respecto a los plazos administrativos y procesales:
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