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Qué ocurre cuando una pareja sin hijos fallece, ¿quién puede recibir sus bienes como herencia? Se puede dejar herencia a un amigo. En nuestro Blog ya hemos hablado de cuestiones como elegir los herederos, como ya sabéis qué y cómo hacer con nuestra herencia viene marcado por el Código Civil o por el derecho foral. No en todas las Comunidades Autónomas rigen las mismas normas hereditarias. Pero por lo general existen unos herederos legales marcado por Ley. La Ley marca distintas formas de actuar si hay o no testamento. Lo cierto es que la circunstancia de que alguien no tenga esos herederos legales y pueda dejar herencia a un amigo por ejemplo, no es algo muy usual. Pero, ¿es posible hacerlo?, hoy hablamos de ello.

Herencias de matrimonios sin hijos

A qué se enfrenta una herencia de un matrimonio sin hijos. Al ser una situación excepcional lo cierto es que no tenemos muy claro qué y cómo puede devenir en esa situación. Nuestro consejo desde Vilches Abogados es pedir siempre asesoramiento legal. No se pueden dejar estas cuestiones al azar. Si nuestra pretensión es que un amigo nuestro sea el heredero, debemos saber que no es algo que la Ley suela favorecer. Nuestro ordenamiento jurídico contempla que las herencias pasen de forma natural a los descendientes. La Ley nos lleva a la circunstancia habitual de que una herencia pasa al cónyuge y a los descendientes. Y si no hay descendientes, la herencia pasa al cónyuge y a los ascendientes del fallecido.

No tenemos ni ascendientes ni descendientes

La Ley marca el turno de heredar, primero descendientes, no hay pasamos a los ascendientes. Imaginemos que no existen ni unos ni otros. Pues la herencia pasa a los parientes, y en este caso la Ley marca también en qué orden pasará. Primero los tíos, después los primos hermanos, los tíos segundos, y por último los sobrinos segundos. Es evidente que la Ley en principio, no contempla de ninguna forma la herencia para un amigo. Una posibilidad que se nos presenta es el uso de los legados en el testamento.

No se puede dejar herencia a un amigo, o sí

Y esto es así porque la Ley no contempla la posibilidad de dejar herencia a alguien que no sea heredero forzoso por Ley. Es más si llegado el caso no existe ningún heredero forzoso la Ley indica que la herencia a de pasar al Estado. De ninguna manera podremos dejar como heredero a nuestro amigo. Ya hemos hablado de que la formula que podemos usar sería la del legado. Por eso si en nuestro caso queremos usar nuestros bienes de otra forma que la estipulada por Ley, es necesario asesoramiento. Como abogados expertos en herencias, podremos buscar soluciones a necesidades especiales para gestionar nuestro patrimonio. Donaciones, legados, son herramientas que podríamos usar para evitar la rigidez legal.

Pero que ocurre si ciertamente no existen herederos forzosos, estaríamos ante una situación en la que realmente no vamos a negar la herencia a ningún heredero forzoso. No tenemos descendientes, ni ascendientes, nuestra situación con los parientes lejanos es de indiferencia. Entonces sí que podríamos declarar como heredero universal a nuestro amigo. Es cierto que la Ley no contempla cuestiones sentimentales, la Ley es muy técnica y a eso es lo que se debe. Pero la Ley pretende la defensa de la última voluntad del que fallece. Así que en ese caso deberíamos formalizar en el testamento nuestra voluntad de que herede nuestro amigo.

Esta posibilidad de declarar heredero universal en el testamento a alguien que no es heredero forzoso por Ley, es muy común en personas que han pasado sus últimos años en soledad. O al cuidado de organizaciones benéficas. Dejar la herencia a una ONG o a entidades religiosas es algo común, y que del mismo modo podríamos hacerlo con un amigo.

Fuente: Vilches Abogados

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