Recientemente sea avanzado un poco más en la regulación de los derechos de los consumidores, cuando contratan la compraventa de un producto y/o la prestación de un servicio en línea.
Cualquiera de nosotros hemos podido tener algún problema derivado de la compraventa on-line de un producto.
En este sentido, informar que ha entrado en vigor un reglamento de aplicación directa a todos los Estados miembros de la Unión Europea, reglamento de resolución de conflictos en línea en materia de consumo o también llamado <
Este reglamento, regula la resolución de litigios en línea y la información que han de poner a disposición los <
Este reglamento se aplica a las contrataciones en línea exclusivamente, a diferencia de la Directiva de resolución alternativa de litigios en materia de consumidores <
La peculiaridad del <
El consumidor podrá acudir a la resolución de litigios on-line, en caso de conflicto con el comercio electrónico que le haya entregado el bien y/o suministrado el servicio en línea.
Cuando hacemos referencia a contrataciones en línea, nos referimos a aquellas donde la oferta y la aceptación se han perfeccionado a través de un sitio de internet o por medios electrónicos.
Derecho de información y enlace a la plataforma
El comercio electrónico y/o el mercado en línea, deberán informar al consumidor de la existencia de una plataforma de resolución de conflictos on-line, con incorporación de un enlace a la misma que funcione correctamente.
Esta plataforma se encargará de resolver las desavenencias entre un consumidor y un comerciante y/o viceversa establecidos en la Unión Europea, relacionadas con la compraventa de un producto y/o prestación de un servicio por medios electrónicos.
Deberemos tener justificación documental que pueda acreditar que hemos cumplido con la obligación de informar, por lo que, se recomienda, incorporar dicho enlace en las condiciones de contratación del producto o servicio, y/o en cualquier intercambio de correos electrónicos que puedan justificar la existencia de una contratación.
i) Sólo se pueden acudir a dicha plataforma sí se trata de consumidores y/o comerciantes establecidos en la Unión Europea.
De acuerdo con lo previsto en la Directiva 2013/2011 o <
-un comerciante persona física está establecido, allí donde tenga su lugar de actividad.
– un comerciante empresa u otro tipo de persona jurídica o una asociación de personas físicas y jurídicas, estarán establecidos en la UE allí donde tengan su domicilio social, su administración central o su lugar principal de actividad, incluida una sucursal, una agencia u otro tipo de establecimiento.
ii) Como requisito adicional se requiera haber intentado solucionar el problema previamente con el comercio electrónico. En este sentido, se deberá adjuntar la queja y/o reclamación realizada por escrito y/o cualquier otra documentación que acredite esta cuestión.
Si toda la documentación está correcta y existe acuerdo con la entidad de resolución de conflictos, el plazo de resolución del litigio siguiendo el procedimiento establecido, es de 90 días desde la presentación del formulario de reclamación.
En conclusión, el <
No obstante, para evitar sorpresas aconsejamos que se facilite dicha información desde el momento de la creación de la página web que permite operaciones <