La derogación del citado artículo suprime la posibilidad de extinguir el contrato laboral por causas objetivas en caso de ausencias injustificadas o justificadas por motivos que no sean considerados permisos retribuidos.
Enlace al texto íntegro de este Real Decreto-ley:
https://www.boe.es/boe/dias/2020/02/19/pdfs/BOE-A-2020-2381.pdf
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