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En Julio de 2015 concretamente el 2 de Julio, entró en vigor la Ley de Juridicción Voluntaria que en su apartado de reparto de competencias autorizaba a los Notarios a firmar divorcios sin necesidad de acudir a la vía judicial.

En el año 2015 se resolvieron en Catalunya algo más de 15.000 divorcios de mutuo acuerdo, de los cuales un 3,5% eran matrimonios sin hijos o con hijos mayores de edad, procedimiento que de resolverse ante un notario estaba gravado por el impuesto de actos jurídicos documentados.

Este tributo grava los actos formalizados con escritura pública y en este caso con el 1,5% del valor del patrimonio que se transfería entre cónyuges fruto de la separación. Si analizamos lo que puede suponer para una pareja con bienes comunes, inmuebles etc. estamos hablando de cantidades considerables, pero curiosamente la vía judicial estaba exenta de esta carga con lo cual no había comparativa posible.

El resultado fue que durante el primer año sólo se inclinaron por la vía notarial 650 parejas donde prácticamente la mayoría no tenían propiedades que resultaren gravadas con dicho impuesto.

Esta semana, número 42 del calendario 2016, se aprobará en el Parlament de Catalunya la bonificación del impuesto de actos jurídicos documentados. Con esta medida se pretende, primero, equiparar a la vía judicial un trámite que permitirá desahogar el colapso de los juzgados, agilizar el trámite pasando de los 3 a 4 meses de la vía judicial a unos días en el acto notarial. Además el coste no se incremente puesto que es prácticamente igual.

Ambos procedimientos seguirán necesitando de la asistencia de un abogado, los letrados deben redactar el convenio de divorcio para ser ratificado y validado delante del notario. El coste aproximado del notario oscila entre los 150 a 200 euros aproximadamente.

Este importante cambio agilizará de una manera notable el trámite de divorcio, lo delicado es que se perciba, por parte de la sociedad, como algo tan fácil de realizar que “casarse” y “descasarse” puede ser un mero trámite casi administrativo. No debemos olvidar que en todos los divorcios hay causas y seguramente daños colaterales, que en el caso de tener hijos, son los que sufren estas consecuencias. Llegados a la ruptura, sin posibilidades de reconducción, es mejor acabar cuanto antes los trámites burocráticos y a ser posible con la menor carga económica posible.

Fuente: Viñas Molina Abogados

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