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El divorcio de mutuo acuerdo tiene dos premisas fundamentales. La primera de ellas es la más importante y sin ella no hay opción a la segunda. Se trata de la voluntad de la pareja de resolver su situación de la mejor manera posible. Con esa voluntad y el dialogo entre ambos llegará el mutuo acuerdo para el divorcio. La segunda premisa es acudir al consejo de un especialista en derecho de familia. Los profesionales del derecho de familia buscamos siempre que esos puentes previos sigan tendidos en todo el proceso. Pero sin ese primer acto de buena voluntad de las partes nuestro trabajo no es nada sencillo.

En ese dialogo que se debe entablar entre los dos hay un ejercicio muy útil. Sentados plantearse entre ambos cuales podrían ser las mejores soluciones a su caso particular. En ningún caso dedicarse a buscar por Internet borradores de convenios reguladores o similares. Nada de eso sentaros y ver vuestras circunstancias, el contexto de vuestra familia. Las necesidades de vuestros hijos, vuestras propias posibilidades. Y pensar en el futuro en qué queréis que se convierta vuestra relación futura. Tened en cuenta que vuestros hijos en común, cómo van a vivir ellos vuestra separación, y lo que piensen de vuestra actuación es algo con lo que vais a vivir toda la vida. Los hijos al final os tendrán sí o sí en contacto. Y vosotros como padres tenéis que querer siempre lo mejor para ellos.

Cuando la relación está muy deteriorada

En ocasiones llegan parejas con su relación ya muy deteriorada. Aún así entienden que lo mejor para sus hijos es llevar este penoso trámite de mutuo acuerdo. Lo cierto es que cuando las relaciones humanas están muy fastidiadas cualquier dialogo es improductivo. Es en esas circunstancias cuando los profesionales del derecho de familia debemos sacar nuestras mejores dotes de mediación. En la primera entrevista y a poco de comenzarla ya veremos que tipo de situación tenemos entre manos. Escucharemos a ambos relatar su vivencia familiar, las circunstancias y necesidades. Nosotros o expondremos qué alternativas existen y las cuestiones sobre las que debemos buscar consensos.

Lo ideal sería conseguir que con nuestra mediación se fuese llegando a acuerdos y llevarlo todo a buen puerto. Pero lo cierto es que en ocasiones todo se complica mucho. A veces que una de las partes sea la que ha encontrado el abogado es una fricción más a la situación. Cuando se ve que una parte tiene recelos lo normal es que nosotros le ofrezcamos la posibilidad de que cuente con su propio abogado. Evidentemente esto encarecerá el montante económico del divorcio, pues se precisa abonar las minutas de dos profesionales. Pero en ocasiones es la única salida.

Ambos profesionales tomaremos las riendas de las negociaciones e iremos planteando las cuestiones que nuestros clientes entiendan son importantes. Habrá estudio de la situación individualizado y luego los abogados pondremos en común estas cuestiones. Hasta que se pueda tener un acuerdo sobre las medidas que debe incluir el convenio regulador.

La documentación para un divorcio de mutuo acuerdo

Cuando hay menores al cargo para los divorcios nuestra legislación contempla la necesidad de abogado y procurador. La documentación necesaria para iniciar el trámite serían copia del libro de familia. Los certificados de nacimiento de los hijos menores, estos se expiden en el registro civil. Y certificado de empadronamiento de la unidad familiar, esto se pide en los Ayuntamientos. Lo primero que tenemos que hacer es redactar un convenio regulador. En él se incluirán todas las medidas, y las soluciones que el caso concreto precisan. Cuando ya lo tenemos atado el siguiente paso es presentar la demanda de divorcio de mutuo acuerdo. Después queda la ratificación por parte de ambos del contenido del mismo ante el Juzgado.

Si ni el Ministerio Fiscal ni el Juez tienen ningún extremo que aclarar el trámite finaliza con la firma para ratificar el convenio regulador en sede judicial. En ocasiones ocurre que se solicita por parte de estos la modificación o eliminación de algunas de las cláusulas del convenio. La razón para hacerlo será en todo caso el interés de los hijos menores. La ratificación del convenio regulador lo convierte en un título ejecutivo, con éste se podría reclamar el incumplimiento del mismo por alguna de las partes.

Manuel Hernández

Fuente: Vilches Abogados

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