Togas.biz

Donar o dejar en herencia…

En principio dejar en herencia sería casi siempre menos gravoso que la donación. Pero como en todas las cosas de la vida, nada es blanco o negro, entre medias hay grises. En algún momento nos saltará la duda, de si dejar en herencia la vivienda a nuestros herederos. De tal forma que accedan al bien cuando ya no estemos. O que estando nosotros en vida podamos echar una mano a esos herederos, que al fin y al cabo son nuestros seres queridos.

Es evidente que si nos planteamos esas opciones es porque la situación económica o social de los implicados no es la que quisiéramos. Y es esa situación económica la que puede decantar hacer una u otra cosa. También puede ser que esa duda no tenga nada que ver con la situación socio-económica de las partes. Sino una necesidad vital en un momento de la vida. Sea como sea, al final lo económico decantará si donar o dejar en herencia.

Cómo donar…

Cuando una persona decide donar algo debe ser consciente de esa pérdida en su patrimonio. Es decir, debe saber que sin eso que va a donar su calidad de vida no va a verse afectada. En ocasiones nos ciega el buscar una solución a un problema de un hijo y lo que hacemos finalmente es crear dos problemas. Parecerá frío decirlo, pero lo cierto es que debemos estudiar si la solución al problema económico del hijo o familiar, es la donación. Realmente, ¿terminarán sus problemas con esa donación? No será peor el remedio que la enfermedad…

Usufructo, donar y disfrutar del bien

Las donaciones conllevan que existe un acuerdo entre partes. Un acuerdo al que se llega por ambas partes de forma voluntaria. En el caso de donar una vivienda el poseedor se la cede a la otra parte, el contrayente. Así en principio es exactamente igual que un proceso de compra venta. Con la diferencia de que en la donación no va a existir una contra-prestación económica, por la transmisión del bien. En principio se dona la vivienda con todos los derechos que sobre ella se llevan implícitos. Pero puede ser que el donante en las condiciones se reserve algún derecho sobre la misma.

Si el donante quiere puede reservarse algún derecho sobre la vivienda. Es el caso del usufructo. Se dona en vida, pero el donante se asegura el derecho de disfrutar de la vivienda mientras viva. Es decir lo que se pasa es la titularidad de la vivienda, pero no su uso y disfrute. Esto se conoce como nuda propiedad. El titular de la misma dispondrá del bien al completo al fallecimiento del usufructuario.

Se pueden acordar condiciones sobre los gastos de la vivienda. La norma general es que los gastos ordinarios caen de parte del que disfruta del usufructo, y los extraordinarios del que tiene la nuda propiedad. En los primeros gastos de suministros, la comunidad o el IBI.

Donación impuestos y gastos, la clave

Como ya hemos dicho la clave en la decisión de donar o dejar en herencia es económica. Los costes de una u otra opción son los que nos pueden llevar a tomar la decisión correcta. Recordemos que las diferentes comunidades autónomas gravan de formas diferentes las donaciones y herencias. Así en un cálculo rápido que circula por los despachos y gestorias, se estima que donar ochocientos mil euros en Canarias o en Andalucía, habrá una diferencia de unos doscientos mil euros en el pago del impuesto de donaciones.

A la hora de donar una vivienda se deben abonar dos impuestos, el del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana y el impuesto de donaciones. La tributación de una donación se hace en la comunidad en la que reside el que la recibe. Pero en el caso de bienes inmuebles se tributa donde estén ubicados éstos.

Otra clave es el IRPF, quien recibe la donación de la vivienda está obligado a incluirla en su declaración. Se está obligado a integrar en la declaración ese incremento patrimonial, tal y como se haría en la compraventa de una vivienda. Muchas personas poco o mal informadas se llevan sorpresas en el momento de la declaración de la renta.

Derecho Hereditario

En nuestro Despacho tenemos un área dedicada al derecho hereditario. En ella encontrarás al abogado experto en herencias que precisas para tu caso. En nuestro Blog también puedes encontrar información sobre la mayoría de los asuntos relacionados con el derecho hereditario.

En el caso de que necesites ampliar información o si quieres hablar de tu caso concreto, te invitamos a contactar con nuestro despacho. Puedes hacerlo en la ventana de Chat disponible en la esquina inferior derecha de la Web, o en el siguiente formulario de contacto.

Fuente: Vilches Abogados

Source