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Interesante Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea TGUE de 1 Septiembre 2021 (Bimbo Donuts / EUIPO & Hijos de Antonio Juan). Da la razón a la empresa valenciana “DULCESOL” frente a BIMBO DONUTS, en relación al registro del logo “Donas Dulcesol”, como Marca UE, para varios productos alimenticios.

HIJOS DE ANTONIO JUAN (DULCESOL) registró la Marca UE “Donas Dulcesol”, ante la Oficina Europea de Marcas EUIPO, en Clase 30: pan; productos de pastelería y confitería; bollería; y otros productos. BIMBO DONUTS se opuso al registro, en base a su anterior marca denominativa “Donas”, en Clase 30 también: para pan y pastas alimenticias.

La EUIPO desestimó la oposición, porque BIMBO no había probado el uso efectivo de su Marca “Donas”, para bollería ni para pan, el tipo de productos en que basaba su oposición. Reconoció que BIMBO DONUTS había probado el uso de su Marca en ‘piezas esponjosas de repostería con forma de bolas, glaseadas o cubiertas de chocolate’; pero éstas no entran en la categoría de “panificación” ni “pastas alimenticias”. Los productos de panificación designan pan; y son distintos de bollería o pastelería, aunque se fabriquen de forma similar.

BIMBO recurrió ante el Tribunal General de la Unión Europea.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL GENERAL DE LA UNIÓN EUROPEA

El Tribunal General de la Unión Europea TGUE ha dado la razón a la EUIPO y rechazado la oposición de BIMBO DONUTS al registro de la Marca “Donas Dulcesol” de DULCESOL.

Uso de la Marca «Donas» de BIMBO DONUTS, en productos distintos de los protegidos por su Marca «Donas»

La Sentencia ratifica que BIMBO sólo probó el uso efectivo de su Marca en las citadas “piezas esponjosas de repostería con forma de bolas”. Pero éstas no entran en la categoría de “pan” o “pastas alimenticias”, para las que BIMBO DONUTS tenía registrada la marca. Por tanto, no ha probado el uso de su Marca “Donas”, en la categoría para la que la registró.

La Sentencia argumenta que debe examinarse el uso de la Marca, en los productos para los que BIMBO DONUTS la registró: teniendo en cuenta el significado de las palabras registradas y también la voluntad efectiva del titular de la Marca, en cuanto a su alcance.

BIMBO DONUTS no probó el uso de su Marca «Donas» en los productos para los que la registró

El Tribunal General insiste en que BIMBO DONUTS no ha probado el uso de su marca para los productos en que la registró. Solo ha probado su uso en piezas de repostería, que no son productos de panadería ni pastas alimenticias. Por tanto, la Marca «Donas» de BIMBO DONUTS, registrada para pan y pastas, no entra en conflicto con la Marca «Donas Dulcesol», registrada para bollería.

En consecuencia, no hay riesgo de confusión entre ambos signos y las dos marcas pueden convivir en el mercado.

Santiago Nadal