Debido a la situación originada por el COVID-19, muchos arrendadores han sufrido el impago de rentas por parte de los arrendatarios en los locales de uso comercial e industrial.
Por este motivo, la Generalitat ha publicado el Decreto Ley 34/2020, que incentiva que las partes afectadas en un alquiler de uso comercial o industrial, puedan negociar una solución respecto el impago de rentas, sin tener que finalizar el contrato de alquiler.
El nuevo procedimiento consiste en que el arrendatario notifica un requerimiento al arrendador del local para que modifique las condiciones pactadas en el contrato de alquiler original, con el fin de buscar un equilibrio entre las prestaciones de las dos partes afectadas.
Si en el plazo de un mes, las partes afectadas no alcanzan ningun acuerdo, las consecuencias son:
Además, se establece que cuando el arrendador reciba el requerimiento por parte del arrendatario, ya no podrá facturarle nada al arrendatario en concepto de alquiler hasta que no se alcance un acuerdo, o transcurra un mes, sin que las partes hayan acordado nada.
Estas nuevas medidas se aplican para todos los alquileres de locales de uso comercial e industrial que estén firmados a partir del 1 de enero de 1995.
Para más información, acceda al siguiente enlace: alquiler locales uso comercial e industrial.
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