Las grandes dificultades con las que se encontraron muchas empresas tras la llegada de la crisis propició la búsqueda de nuevas fórmulas de financiación que permitieran superar una excesiva dependencia bancaria para obtener crédito y liquidez. Las cada vez mayores exigencias de los bancos, especialmente con las pequeñas y medianas empresas, obligaron a desarrollar nuevas fórmulas, entre las que está adquiriendo mucho protagonismo el crowdfunding, los préstamos participativos entre particulares.
Esta vía alternativa, que no requiere de aval sino que se basa en ofrecer un proyecto atractivo a los inversores, es un fenómeno que está creciendo en todo el mundo de forma casi imparable, al suponer una solución crediticia para pymes a un problema global que no conoce de fronteras, facilitando y motivando al mismo tiempo la aparición de nuevos emprendedores, carentes anteriormente de canales de financiación para la constitución de empresas y creación de nuevas sociedades.
Esta necesidad es todavía más latente en Europa, donde la financiación alcanzada a través de plataformas de crowdfunding creció desde de los 1.600 millones de euros en 2014 hasta los 4.200 millones el año pasado, según datos delas instituciones comunitarias. Y, de esta cantidad, 4.100 correspondieron a modelos en los que la contribución suponía algún tipo de rendimiento para los inversores.
Cuando hablamos de crowdfunding nos referimos a una fórmula que consiste fundamentalmente en solicitar dinero a futuros inversores a través de Internet para llevar a cabo una iniciativa empresarial, a cambio de algún tipo de retribución o recompensa que motive dicha inversión, y que variará en función del proyecto y de la cantidad aportada.
Se trata de un modelo de financiación comenzó a popularizarse con el nacimiento de las primeras plataformas de crowdfunding norteamericanas, que rápidamente fueron aprovechadas por profesionales independientes con proyectos personales interesantes pero faltos de financiación para emprenderlos. En pocos años, el crowdfunding ha evolucionado y su público objetivo se ha ampliado llegando hasta las pymes y startups. Para este tipo de organizaciones, el crowdfunding ha supuesto una alternativa real para poder obtener financiación sin las limitaciones y cláusulas que exigen las entidades bancarias, lo que unido a la estricta fiscalidad para empresas en países como, por ejemplo, España suponía un obstáculo casi insalvable para muchos empresarios y emprendedores.
En cuanto a la regulación jurídica, tema no menor, en no pocas ocasiones ha surgido el debate en cuanto a una posible regulación en el marco de la Unión. Sin embargo, desde la Comisión Europea han establecido marcos jurídicos nacionales para apoyar el crecimiento de este sector y asegurar una protección adecuada para los inversores. Así, Bruselas apunta que estos regímenes son consistentes con los objetivos y los resultados que buscan, pero que están adaptados a los mercados locales y cuentan con enfoques legales domésticos.
La Comisión Europea sostiene que el crowdfunding, como sector cambiante y adaptado a los mercados locales, debe estar regulado por los propios marcos jurídicos nacionales y regionales, que apoyen el crecimiento de este sector y aseguren una protección adecuada para los inversores.