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A pesar de no ser un requisito indispensable para la tramitación de la nacionalidad por residencia, la Ley del Registro Civil (vigente hasta el 30 de junio de 2017) en su artículo 63, prevé que las Comunidades Autónomas puedan emitir un informe a los efectos de acreditar la integración del solicitante de nacionalidad.

Este informe adquiere importancia durante estos días ya que en la fase final del Plan Intensivo de Nacionalidades (PIN) son muchos los interesados que para mejorar su solicitud o su recurso están siendo requeridos para aportar dicho informe.

En Cataluña, el organismo en cargado de la elaboración del mismo es el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia (Secretaria d'Igualtat, Migracions i Ciutadania).

Para la tramitación de este informe habrá que presentar una solicitud general (no hay un formulario específico) junto con la documentación que ahora se relacionará y esperar a que nos den una cita para realizar una entrevista personal. El tiempo para la realización de la entrevista se estima en un mes y una vez realizada ésta el informe será expedido el mismo día o en un breve plazo. En Barcelona las solicitudes se hacen en la calle Calabria, 147 (entrada por la calle Rocafort).

En este informe se hará constar:

* El tiempo de permanencia del interesado en su domicilio.

* Los medios de vida con los que cuenta.

* El grado de conocimiento de las lenguas de uso.

* La inserción en las redes sociales de su entorno.

* Los programas de inserción socio-laboral de institutos públicos o privados en los que haya participado.

* Otras situaciones que puedan determinar su grado de arraigo e integración.

Para acreditar estas circunstancias el interesado deberá aportar: Un certificado de empadronamiento histórico; su tarjeta de residencia y la de sus familiares; si tiene hijos los certificados de escolarización; el contrato de la vivienda en la que reside; el contrato de trabajo y sus últimas nóminas o certificados de prestaciones o subsidios que esté cobrando o si percibe algún tipo de pensión; justificantes de cursos realizados, de participación en asociaciones, clubes deportivos, bibliotecas, etc. Realización de actividades de voluntariado, certificado de las entidades bancarias con las que opera, certificados de asistentes sociales o centros sanitarios que indiquen la capacidad de entender las indicaciones y cualquier otro documento que pueda ayudar a acreditar la integración del interesado.

Con la entrevista personal, además, se dejará constancia de la capacidad del interesado para expresarse y entender las lenguas oficiales: español y catalán, en el caso de Cataluña.

Si te encuentras en esta situación y estás interesado en realizar este informe, contacta con uno de nuestros ABOGADOS y te indicaremos todos los pasos a seguir.

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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