Togas.biz

Si estas leyendo este artículo, es porque seguramente te hayas preguntado, ¿cómo tributan las comisiones de un agente comercial en el IVA por los servicios prestados en operaciones internacionales?

El no hacerlo correctamente puede ocasionarte problemas y sanciones. Pero para evitarlo voy a intentar aclararte en este artículo las dudas que pienso puedes tener.

Para poder entender este artículo debemos saber qué se entiende por agente comercial.

¿Qué es un agente comercial?

En España, la figura del agente comercial está regulada en la Ley sobre Contrato de Agencia.

Conforme a esta Ley, el agente comercial es:

un intermediario independiente, que promueve actos u operaciones de comercio a cambio de una remuneración, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo de dichas operaciones”.

Como ves, el agente comercial es independiente, ya que:

organiza su actividad profesional bajo su criterio, sin estar vinculado mediante una relación laboral con el empresario para el que actúa”.

Además, dicha actividad profesional la realiza por cuenta y en nombre ajeno, es decir, “sin asumir los riesgos de las operaciones comerciales en la que actúa, salvo que se pacte lo contrario”.

Una vez que has entendido la figura del agente comercial, voy a explicarte cómo tributan las comisiones del agente comercial en el IVA.

Como ya te he adelantado, nos vamos a centrar en las comisiones recibidas en las operaciones internacionales. Por ello, debemos de diferenciar entre:

  • Comisiones recibidas en las exportaciones de bienes.
  • Comisiones recibidas en las entregas intracomunitarias de bienes.

Elimina el estrés y las preocupaciones de no saber si debes cobrar IVA como agente comercial en tus operaciones internacionales. ¡Nosotros te asesoramos!

El IVA en las comisiones recibidas en las exportaciones de bienes

Para analizar este tipo de operaciones, vamos a poner el ejemplo de un agente comercial por cuenta ajena que presta sus servicios a un cliente español para intermediar en la exportación de sus productos, es decir, para que venda sus productos fuera de la Unión Europea.

La tributación de las comisiones del agente comercial en este tipo de operaciones estará exenta de IVA, ya que estamos ante un servicio prestado en una exportación de bienes.

Así lo establece el artículo 21.6 de la Ley del IVA, cuando dice que están exentas:

Las prestaciones de servicios realizadas por intermediarios que actúen en nombre y por cuenta de terceros cuando intervengan en las operaciones exentas relacionadas con las exportaciones”.

Y tal ve te preguntes, ¿qué se entiende por operaciones relacionadas con la expotación?

Para que la prestación de servicios se considere relacionada directamente con las exportaciones y, por tanto, estén exentas de IVA, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Que los servicios sean prestados a quienes realicen dichas exportaciones, a los destinatarios de los bienes, o a sus intermediarios o representantes aduaneros que actúan por cuenta de uno u otros.
  • Que los servicios se realicen con ocasiones de dichas exportaciones.
  • Y que los servicios se lleven a cabo a partir del momento en que los bienes se expidan de forma directa a un país fuera de la Comunidad Europea.

Como podrás observar, la exención del IVA se aplicará, tanto si el destinatario del servicio prestado por el agente comercial es la empresa española, como si el destinatario del servicio es la empresa que adquiere los bienes.

Y tal vez te preguntes…

Pero, ¿siempre están exentas?

No.

Sin embargo, aunque cumplas los anteriores requisitos no será suficiente para que los servicios prestados como agente comercial estén exentos de IVA, ya que el Reglamento del IVA establece que solamente estarán exentas cuando:


  • La salida de los bienes de la UE se realice en el plazo de 3 meses, a contar desde la fecha de la prestación del servicio.
  • La salida de los bienes se justifique mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
  • Los documentos que justifiquen la salida sean remitidos al prestador del servicio, dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de salida de los bienes.

Por tanto, si eres agente comercial y cumples los requisitos que hemos enumerado, tus servicios estarán exentos de IVA.

Y veamos ahora qué sucede si se produce una entrega intracomunitaria.

El IVA en las comisiones recibidas en las entregas intracomunitarias de bienes

Tal como hemos hecho en el apartado anterior, voy a ponerte el ejemplo de un agente comercial por cuenta ajena que presta sus servicios a un cliente español para intermediar en la venta de sus productos a un país de la Unión Europea.

En este caso, tendrás que tener en cuenta el destinatario de los servicios, ya que la tributación en el IVA no va a ser igual si el destinatario es el vendedor (residente en España) o el comprador de los bienes (residente en un país de la UE).

Por tanto, en este tipo de operaciones, la tributación en el IVA de las comisiones del agente comercial por los servicios prestados va a depender del destinatario.

Veamos cada uno de los posibles escenarios.

Si el destinatario de los servicios es el vendedor residente en España

Si el destinatario de los servicios es el vendedor situado en España, dicha operación estará sujeta a IVA, pues se entenderá prestado en España, conforme a las reglas de localización de las prestaciones de servicios.

Así lo establece el artículo 69. Uno. 1º de la Ley del IVA, cuando dice que:

“Las prestaciones de servicios se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente de este artículo y en los artículos 70 y 72 de esta Ley, en los siguientes casos:
Cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal y radique en el citado territorio la sede de su actividad económica, o tenga en el mismo un establecimiento permanente o, en su defecto, el lugar de su domicilio o residencia habitual, siempre que se trate de servicios que tengan por destinatarios a dicha sede, establecimiento permanente, domicilio o residencia habitual, con independencia de dónde se encuentre establecido el prestador de los servicios y del lugar desde el que los preste”.

Y el otro escenario sería el siguiente…

Si el destinatario de los servicios es el comprador residente en un país de la UE

En este caso, la tributación en el IVA de las comisiones de los agentes comerciales va a ser diferente, ya que, aplicando las reglas de localización recogidas en los artículos 69 y 70 de la Ley del IVA, el servicio se entiende prestado en destino, es decir, en el país de la UE del destinatario.

Por tanto, al ser el destinatario del servicio un empresario no establecido en España, el servicio no se considera prestado en territorio español, por lo que no estará sujeta a IVA.

Tienes que tener en cuenta que el cliente comprador de los bienes deberá acreditar la condición de profesional o empresario, comunicando al agente comercial el NIF-IVA, para poder acreditar que está inscrito en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

Te dejo en enlace de la página web de la Agencia Tributaria, donde encontrarás toda la información sobre qué es el NIF-IVA y cómo obtenerlo.

Además, tienes que tener en cuenta que estos servicios tienen que reflejarse en la declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias (Modelo 349).

Si tienes más dudas sobre la tributación de las comisiones de un agente comercial en las operaciones internacionales, contacta con nuestro equipo de abogados, que revisan cada día casos como estos, y resolverán todas tus preguntas.

Ahora que ya conoces las peculiaridades del IVA como agente comercial en operaciones internacionales, te garantizo que con el asesoramiento del quipo de Asepyme todo estará supervisado por constatados abogados y bien hecho. ¡Evita problemas con Hacienda!.

Rogelio Villalba García

CEO, Abogado y Economista, responsable del departamento jurídico-fiscal de asepyme.com, donde llevo desde 1986 formándome y trabajando como Experto en Derecho Fiscal, Herencias y Donaciones. ¡También ayudo a emprendedores, autónomos y pymes a gestionar sus negocios!. Soy un apasionado de la filosofía Kaizen, metodología que se emplea para el mejoramiento continuo de los individuos y las empresas.