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El Brexit está cada vez más cerca, y el resto de Estados de la Unión Europea comienzan a preparar sus legislaciones. Uno de los interrogantes es qué ciudad ocupará el hueco que deja la city londinense como centro financiero, de negocios y de concentración de grandes fortunas. Italia ha sido una de las jurisdicciones pioneras en implantar un régimen fiscal favorable que atraiga a los trabajadores y profesionales liberales que puedan salir de Reino Unido tras el Brexit.

Aprobado el pasado diciembre con la Ley de presupuestos, el régimen especial está disponible para aquellos contribuyentes que no hayan sido residentes en Italia durante 9 de los 10 años anteriores.

Inspirado en el régimen fiscal suizo del forfait, los contribuyentes que opten por la aplicación de este sistema sustituirán la tributación de todas sus rentas de fuente extranjera por un impuesto fijo de 100.000 euros. Por lo tanto, sólo estarán sujetos al equivalente al Impuesto sobre la Renta italiano por aquellos rendimientos que obtengan dentro de la propia Italia. El régimen es opcional y puede mantenerse durante un plazo de 15 años. Además, es extensible a las rentas obtenidas por familiares directos.

No obstante, pese a la aprobación del Reglamento de desarrollo el pasado mes de marzo todavía quedan por despejar algunas dudas. La aplicación del régimen opcional requiere una solicitud previa por parte del contribuyente y la posterior aprobación de la administración italiana. Por lo tanto, será necesario esperar a las primeras experiencias para comprobar la disposición de la Hacienda italiana a dar acceso a este régimen.

Pese a ser diseñado para atraer grandes fortunas y profesionales de alta cualificación, puede ser de especial interés para aquellos deportistas que obtienen la mayoría de sus rentas fuera de su país de residencia.

Sustituir el impuesto correspondiente a sus rentas extranjeras por un pago único de 100.000 euros puede suponer un importante ahorro fiscal. Por ejemplo, el mundo del motor, tenis, golf, etc. pueden verse especialmente beneficiados en la medida en que este tipo de deportistas obtienen la mayor parte de sus rentas de competiciones en el extranjero.

También constituye una opción interesante para deportistas que, pese a desarrollar su actividad profesional en el país de residencia –pensemos, por ejemplo, en los futbolistas- reciben gran parte de su remuneración por la explotación de derechos de imagen, la realización de actividades promocionales y publicitarias en el extranjero o la participación en competiciones internacionales con sus respectivas Federaciones.

Italia ha dado un paso adelante y ha implantado su propia “Ley Beckham” para posicionarse como una nueva potencia europea tras el Brexit, ¿seguirá España sus pasos?

Autores: Paula Benéitez y Bartolomé Sánchez