En el ámbito laboral, por ejemplo, sí que estaría permitido en el caso de que la empresa le otorgase al trabajador un móvil (pasando a ser material de oficina propiedad de la empresa). De este modo, y con previo aviso al profesional de la práctica a la que estará sometido, sería posible espiar sus movimientos, ya que su uso debería de ser únicamente profesional.
También son utilizadas por parejas celosas, desconfiadas y controladoras. Gracias a la geolocalización del teléfono móvil es posible controlar incluso la situación de la pareja. Pero resultan ilegales este tipo de acciones ya que vulnera el derecho a la intimidad.
En cuanto al uso de este tipo de aplicaciones para el control de los hijos, también está prohibida. Y es que según la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor, en el artículo 4 que “Los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Este derecho comprende también la inviolabilidad del domicilio familiar y de la correspondencia, así como del secreto de las comunicaciones.” Y sigue en el artículo 5 “Los padres o tutores y los poderes públicos respetarán estos derechos y los protegerán frente a posibles ataques a terceros”.
El problema reside en que muchas de las aplicaciones se venden y se promocionan con un fin que puede parecer bienintencionado, pero realmente suponen prácticas ilícitas. Además resulta muy sencillo llegar a este tipo de sistemas. Basta con descargarse la aplicación, por lo que no se necesitan grandes conocimientos informáticos.
En España las pruebas conseguidas a través de estas aplicaciones no son tenidas en cuenta en la mayoría de los casos y salvo excepcionalidades. Son ilegales en el momento en que se usan sin el consentimiento de la otra persona, tipificado como delito en el artículo 197 del código penal. Y las penas por cometerlo varían entre uno a cuatro años de prisión además de una multa. Ante la ley, de momento, el usuario/a que utiliza la herramienta es el único responsable. Aunque la reforma del código penal incluirá la culpa a la empresa que proporciona dicha tecnología.
Si tiene sospechas relacionadas con este tipo de casos, desde Viñas Abogados le asesoraremos sobre cómo actuar en estas circunstanciasDirectorio de profesionales
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