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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado, hoy 26 de octubre de 2021, contrario a derecho el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), vulgarmente conocida como Plusvalía Municipal, en lo relativo a la determinación de la base imponible

La fundamentación jurídica es el siempre controvertido método de cálculo del impuesto el cual se basa en parámetros objetivos, sin atender a la realidad de la plusvalía obtenida y por tanto se atenta al principio de “capacidad económica”, garantizado por el artículo 31 de la Constitución.

No es la primera vez que este impuesto ha sido cuestionado por el Tribunal Constitucional, ya que en los años 2017 y 2019, se consideró inconstitucional igualmente el cobro del impuesto en caso de pérdidas o en el supuesto de que el impuesto superase la ganancia obtenida, pero esta sentencia declara inconstitucional los artículos 107.1, 107.2.a) y 107.4, que en la práctica supone la imposibilidad de cálculo de la base imponible.

La sentencia se publicará íntegramente en los próximos días, pero la nota de prensa del TC ya adelanta que afecta solo a las resoluciones que no sean firmes, es decir aquellos sujetos pasivos, con impuestos no prescritos y/o reclamados, tienen la capacidad con esta sentencia de solicitar devolución íntegra del impuesto.

En el Departamento Fiscal de Fieldfisher tenemos amplia experiencia litigando contra este impuesto y estaremos encantados de asesorarles en los siguientes pasos que procedan para solicitar la devolución del impuesto ingresado por Ud.

Juan Osuna