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Acabamos de conocer que el Tribunal Constitucional ha decidido, con el voto decisivo de la vicepresidenta, que el primer estado de alarma decretado por el gobierno en marzo de 2020 es nulo.

Ha tenido que decidir la vicepresidenta el empate a cinco votos entre los magistrados del Tribunal Constitucional para que se declare nulo el primer estado de alarma que el Gobierno decretó en 2020. Viene esta decisión a apuntalar la opinión de todos los juristas que señalaron, que esta no era la vía jurídica correcta para salvaguardar la salud de todos los españoles. La sentencia señala igualmente que las restricciones que fueron impuestas en este estado de alama solo cabrían bajo un estado de excepción, figura contemplada en la constitución y de una tramitación muy distinta.

Ahora hay que prestar atención a las consecuencias de esta decisión del Tribunal Constitucional, ya que las multas que fueron impuestas en aquel momento para impedir la movilidad serían nulas.

Igualmente se abre un horizonte bastante mas complicado si nos planteamos las posibles reclamaciones contra el Gobierno, que puedan interponer aquellos que se han visto perjudicados por el cierre de sus negocios como la hostelería, comercios, peluquerías, etc.

Muchos empresarios y autónomos se vieron obligados por el Gobierno central a cerrar sus actividades o desempeñarlas con restricciones según el sector. Podría existir una responsabilidad patrimonial del Estado ante esta decisión, que conforme la resolución del Tribunal Constitucional no se ajustaba a la legalidad en la forma que fue decretada.

Mas preocupantes es aún la posibilidad de que esta sentencia cree un precedente respecto a los recursos presentados contra el segundo estado de alarma, los cuales están pendientes de resolver y podrían sumar nuevas condenas contra el Estado.

En nuestro despacho estamos analizando en profundidad la sentencia del Tribunal Constitucional, para determinar la viabilidad de la reclamación de indemnizaciones al Estado por los graves perjuicios que causó a miles de personas.

Si Usted cree que ha sido perjudicado por el primer estado de alarma no dude en ponerse en contacto con nosotros y realizaremos un análisis gratuito de su caso.

Elena Melon Crispín