Togas.biz

Emilio Zegrí de Olivar es licenciado en Derecho por Universidad Internacional de Cataluña (UIC). También ha cursado estudios de postgrado en la Universidad Pontificia de Comillas, en colaboración con la Universidad de Georgetown (Master in International Affairs), y en el Instituto Universitario de Estudios Europeos de la Universidad San Pablo CEU (Máster en Gestión de Crisis). Una vez licenciado continuó su especialización en derecho penal en el Máster de Abogacía Penal del Colegio de la Abogacía de Barcelona.

Pregunta.-¿Por qué está en el Turno de Oficio? ¿Qué le aporta, profesional y personalmente, que no tenga en su ejercicio profesional?

Respuesta.- Estoy inscrito en el Turno de Oficio porque considero que es una de las principales funciones sociales que puede prestar el ejercicio profesional de la Abogacía.

Tanto es así que cuando uno entra a formar parte del Turno de Oficio adquiere el papel de defensor y custodio de la garantía del derecho de defensa para ciudadanos con menos recursos, sin empleo, colectivos vulnerables, mujeres víctimas de violencia, etc.

P.- ¿Recuerda algún caso que le haya marcado especialmente?

R.- No se me ocurre ningún asunto que me haya marcado especialmente.

P.- ¿Cuánto tiempo lleva ejerciendo la abogacía? ¿Y el Turno de Oficio?

R.- Empecé a ejercer como abogado penalista hace seis años,y el próximo mes de octubre hará tres años que estoy inscrito en el Turno de Oficio.

P.- ¿En qué turnos está inscrito?

R.- Estoy inscrito en el Turno de Derecho Penal (General) y en el de Derecho Penitenciario.

P.- ¿Ha recibido por parte de su Colegio alguna formación específica? ¿Cuál?

R.- Así es, cursé el Máster de Abogacía Penal del Colegio de la Abogacía de Barcelona, así como un curso monográfico de Derecho Penitenciario, también en el Colegio.

P.- ¿Dedica el mismo tiempo y los mismos recursos a un caso que le llega por el Turno de Oficio que a uno privado?

R.- Desde luego, uno no puede hacer distinciones en la asignación de tiempo y recursos entre un cliente particular y otro de oficio. Cuando uno se incorpora al Turno de Oficio tiene que ser consciente de que adquiere un compromiso de disponibilidad y servicio, teniendo la obligación de asistir a todas las diligencias que se practiquen durante el transcurso del procedimiento, así como de combatir todas aquellas interlocutorias que puedan vulnerar los derechos fundamentales de nuestros clientes.

P.- ¿Como ejerciente en el Turno de Oficio, ¿siente que se le valora socialmente?

Desconozco cuál puede ser el nivel de reconocimiento que la sociedad, en su conjunto, pueda otorgarle al Turno de Oficio, pero sí he podido comprobar durante estos últimos años que las personas de mi entorno más cercano valoran y respetan la labor del abogado de oficio como un servicio loable y digno de reconocimiento.

P.- ¿Por qué cree que la Justicia Gratuita y el Turno de Oficio están menos valorados socialmente que otros servicios públicos como sanidad o educación?

R.- Quizá se trate de un servicio público que tiene un reconocimiento social menor al tratarse de una prestación más esporádica u ocasional que la sanidad y la educación. Tanto es así que no resulta descabellado aventurar que la mayoría de los ciudadanos españoles nunca serán usuarios del servicio de Asistencia Jurídica Gratuita y que, por el contrario, sí serán usuarios habituales de nuestro sistema nacional de salud. Difícilmente puede obtener reconocimiento social aquello que se ignora o se desconoce.

P.- ¿Cree que la ciudadanía entiende la importancia del Turno de Oficio? ¿Por qué?

R.- Me atrevería a decir que no del todo. Creo que existe un grado elevado de desinformación por parte de la sociedad civil frente a la importancia y los valores que abandera el Turno de Oficio. Por ello, resulta fundamental continuar apostando por una labor pedagógica y de difusión, liderada por los distintos colegios profesionales y el resto de operadores jurídicos, que acerque a la ciudadanía a un servicio público que está a disposición de todos los españoles.

P.- ¿Cómo le explicaría a los ciudadanos lo que significa el Turno de Oficio?

Definiría el Turno de Oficio como un auténtico servicio público por el que se da efectividad a derechos constitucionales fundamentales, como son el de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, el de asistencia letrada al detenido o el propio derecho de defensa y tutela judicial efectiva.

Fuente: Abogados Penalistas Zegrí + de Olivar/ Abogacía Española

Source