Togas.biz

El próximo 28 de mayo de 2018 entra en vigor el Reglamento Europeo 2016/679 de Protección de Datos de Carácter Personal, de aplicación directa en nuestro país sin necesidad de que opere la modificación de la legislación estatal sobre protección de datos.

La nueva regulación incorpora importantes modificaciones, tanto en el ámbito de los derechos de los titulares de los datos como sobre todo respecto de las obligaciones de las empresas que llevan a cabo tratamiento de los datos personales, en relación con los procesos para recabar el consentimiento de los titulares, las medidas de seguridad que resulta necesario aplicar, los protocolos para el ejercicio de los derechos por los particulares, los mecanismos de control y notificaciones, etc.

Las implicaciones económicas que supone el incumplimiento de las normas sobre protección de datos son de gran importancia, dado que el Reglamento Europeo contempla sanciones mucho más elevadas que las anteriormente previstas, en algunos casos de hasta el 4 % del volumen de negocio.

Si bien aún coexisten ambas normativas, resulta necesario verificar los planes de protección de datos en las empresas y su adecuación a las previsiones del Reglamento Europeo, y detectar las deficiencias o anomalías que pudieran suponer una infracción de dicha normativa, implementando las medidas técnicas y legales necesarias adecuadas a los tratamientos de datos llevados a cabo, y estableciendo los mecanismos y protocolos para su cumplimiento por los trabajadores de la empresa y por los terceros autorizados.

Nuestro despacho puede prestarle el apoyo necesario para analizar el estado de cumplimiento por su empresa de la normativa de protección de datos, así como guiarle en el proceso de adecuación e implementación de las medidas preventivas y correctoras adecuadas, verificando los procesos para su observancia.

Andrea Giménez

Fuente: Aequo Advocats

Source