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Hoy os explicamos si es posible el despido estando de baja médica. Esta es una pregunta recurrente por muchos de nuestros clientes. Es normal, cuando estás de baja tienes miedo a ser despedido. Pero, ¿puede el empresario despedirte legalmente si estás de baja?

La respuesta: el sí pero…

La respuesta a la pregunta es que que te pueden hacer un despido estando de baja médica. Sin embargo, el motivo del despido no puede ser precisamente por el hecho de estar de baja. La Constitución garantiza el derecho a la salud, y por lo tanto, si la causa del despido es que estás de baja médica será siempre nulo. Y será nulo porqué es vulnera tus derechos fundamentales tanto al trabajo como a la salud. Ello no quiere decir que en algunas ocasiones el despido sea procedente, aún estando en situación de incapacidad temporal.

Reclamar la nulidad del despido

Se puede reclamar la nulidad del despido cuyas consecuencias son que el empresario tiene la obligación de readmitirte en tu puesto de trabajo, y en caso que no lo haga, tendrá que abonarte una indemnización como si se tratara de un despido improcedente.

El motivo para reclamar la nulidad es el comentado en el punto anterior. Hemos de acreditar que el empresario te ha despedido vulnerando tu derecho a la salud. Que el motivo del despido ha sido precisamente ése, que estás de baja. A los empresarios les supone un coste que estés de baja médica. Deben seguir pagando la cotización a la Seguridad Social (y contratar a otro trabajador para que haga tu trabajo…) y otros gastos que a veces quieren ahorrarse. Algunos empresarios intentan con mala fe hacer un despido estando de baja a sus trabajadores, o les fuerzan a coger el alta médica. Ello es totalmente reprochable y denunciable. Por ello si te despiden por otro motivo cuando realmente la causa es que estás de baja se deberá siempre solicitar la nulidad del despido.

El despido disciplinario estando de baja

Esta situación se puede dar y será procedente cuando el trabajador haya cogido la baja de forma fraudulenta. Simular una lesión, hacer actividades incompatibles con el estado de salud, etcétera. Básicamente te podrán hacer un despido estando de baja médica mediante un despido disciplinario si éste falta a la buena fe del empresario, si abusa de su derecho.

El despido objetivo por ausencias en un tiempo determinado

El Estatuto de los Trabajadores recoge también otra posibilidad de despido. Se intenta evitar aquellas bajas de corta duración reiteradas que normalmente no estarían justificadas por su frecuencia. El artículo 52 nos dice que se podrá despedir por ausencias en dos casos:

a) Faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en 2 consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los 12 meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles.

b) Faltas de asistencia al trabajo del 25% en 4 meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

ES MUY IMPORTANTE MATIZAR que solo computan las bajas médicas inferiores a 20 días.

Por este motivo, la empresa te podrá hacer un despido estando de baja como despido objetivo si se cumplen alguna de las dos situaciones. En este caso, a diferencia del anterior, tendrías derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de doce mensualidades.

Fuente: Campmany Abogados

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