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Formalmente, no. La Ley española exige a los ciudadanos de los países con los que no tiene convenio la renuncia a su nacionalidad anterior. En el caso de Gran Bretaña, tal convenio no existe.

Cosa distinta es el hecho de los efectos que tiene esa renuncia respecto al país a cuya nacionalidad se está renunciando.

En este caso Reino Unido permite la doble nacionalidad.

Esto quiere decir que si un británico solicita la nacionalidad española deberá renunciar a la nacionalidad británica, y en España será considerado sólo español pero, para Reino Unido seguirá siendo británico admitiendo que tenga también la nacionalidad española.

Puedes obtener más información en el siguiente enlace: www.gov.uk/dual-citizenship o bien solicitando cita previa con uno de nuestros abogados.

Elvira Rodríguez

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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