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El pasado día 20, el Gobierno y la Federación Española de Municipios y Provincias mantuvieron una reunión para estudiar la necesaria reforma del Impuesto de Plusvalía, a resultas de los varapalos recibidos últimamente por parte del Tribunal Constitucional, que declaró contrarios a la Constitución varios artículos de la Ley de Haciendas Locales que facilitaban el cobro de dicho impuesto, incluso en aquellos casos en que no hubiera habido plusvalía, por haber tenido que vender la propiedad a precio inferior al que se pagó cuando se adquirió.

Ello se produce porque la plusvalía se calcula con referencia a unos baremos aprobados por el respectivo consistorio, y que en los últimos tiempos no reflejaban la situación real.

Pero es que esta nueva situación afecta incluso a aquellas compraventas en que ha habido plusvalía, por cuanto ya se considera que los baremos aprobados por los ayuntamientos contienen un error generalizado en el momento de su adopción, al haber sido extrapolados con un futurible que se ha constatado irreal.

Al momento de cerrar este comentario no ha trascendido todavía el resultado de dichas conversaciones, pero la verdad es que, entre el desplome de las licencias de obras y ahora esto, la capacidad recaudatoria de muchos Ayuntamientos es más que preocupante, y urge encontrar una solución. Sin ir más lejos, el jueves 23 tuvo lugar una jornada técnica dirigida por la Fundación de Estudios de Economía Aplicada, en las que se debatieron las fuentes de financiación local, proponiendo establecer un nuevo impuesto a todas las pernoctaciones turísticas, y remodelar las principales figuras impositivas con que cuentan los municipios: IBI, plusvalía, ICIO o el impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica.

Por lo que hemos podido saber con respecto a la plusvalía, parece que se va a sustituir el antedicho sistema de baremos por un sistema que tenga en cuenta la diferencia entre los valores reales de transmisión y adquisición. Realmente, eso haría que ese impuesto se acoja a principios de cálculo más reales y que tendría en cuenta el ‘caso por caso’, por cuanto unos baremos preestablecidos que tienen en cuenta una progresión más o menos prevista no se pueden aplicar a todo el suelo por igual: siempre habrá rincones más y menos agraciados de una misma zona, porque uno tenga un nuevo parque enfrente y el otro, en cambio, un ruidoso polideportivo, que no estaban al momento de adquirir la propiedad.

Según algunos cálculos publicados, las reclamaciones de lo cobrado en exceso por este concepto en los últimos cuatro años, podría ascender a 3.000 millones de euros.

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Juan Núñez
Socio Abogado