Togas.biz

Consiste en apoderarse del patrimonio de la víctima sin engaño personal mediante la manipulación del sistema informático

La estafa informática consigue una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, a través de una manipulación informática o artificio semejante que se dirige a máquinas que, en su automatismo y como consecuencia de una conducta artera, actúan en perjuicio de aquel.

Por una actuación de este tipo ha sido recién condenado a 9 meses de prisión y más de 72.000 euros de responsabilidad civil, costas y penas accesorias, como autor de delito continuado de estafa informática, un hombre que accedió repetidamente a distintas cajas terminales o armarios exteriores de distribución de Telefónica, para manipular gran cantidad de líneas de teléfono conectando a las mismas dispositivos terminales, y con estos realizar fraudulentamente ingentes cantidades de llamadas a tres concretas líneas telefónicas de tarificación adicional con prefijo 803, de las que al menos dos eran de su titularidad.

De esta manera, el acusado manipulaba los sistemas automáticos de cómputo y facturación de Telefónica, consiguiendo que la misma facturase las llamadas fraudulentas realizadas a los clientes titulares de las líneas telefónicas que manipulaba. Y al propio tiempo; conseguía simular la apariencia de que las líneas 803 receptoras de las llamadas habían prestado a dichos clientes grandes volúmenes de servicios de tarificación adicional, lo que le permitía facturar y obtener ilícitamente importantes sumas en concepto de remuneración por la prestación de dichos servicios, cantidades que le eran satisfechas por los operadores con los que tenía contratadas las líneas 803, que a su vez las percibían de Telefónica.

En el momento de la detención el acusado vestía ropas de trabajador de Telefónica Movistar, haciéndose pasar por empleado de la misma, y tenía manipuladas ocho líneas telefónicas de otros tantos clientes, a las cuales había conectado respectivos terminales telefónicos, con conexiones establecidas con las líneas 803 objeto de las presentes actuaciones. Y se encontraba en posesión de las herramientas y útiles necesarios para llevar a cabo dicha manipulación de líneas telefónicas.

El Tribunal Supremo ha descartado considerar los hechos como delito de defraudación de fluido eléctrico, castigado con una pena más leve, de multa, al entender que, en el presente caso, prima la maquinación insidiosa para la obtención de un lucro, frente a la obtención de una prestación gratuita del servicio de telecomunicación -a través del consumo gratuito del fluido que permite la comunicación telefónica-.

Nuestros abogados garantizan la defensa de sus derechos en actuaciones derivadas de hechos que pudieran ser constitutivos de delito