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En pleno debate en el Congreso de la Ley de Protección de Datos para adaptarla a las exigencias que ha traído consigo el Reglamento Europeo (RGPD), se ha adherido a su redacción lo que se conoce como “El Derecho a la Desconexión Digital” a los trabajadores y empleados públicos con objeto de que los mismos en tiempos de descanso, permisos y vacaciones no tengan que ocuparse de temas relacionados con su trabajo.

El proyecto de ley incorpora una nuevo título denominado “Garantía de los derechos digitales”, donde se incluye, entre otros, el Derecho a la Desconexión Digital. Con ello se pretende, por un lado, dejar patente que en la actualidad las nuevas tecnologías están muy presentes en todos los ámbitos de la vida de una persona; y por otro lado, que estos derechos han de ser protegidos para salvaguardar la vida laboral, personal y familiar.

Asimismo, la Ley considera que ha de ser el empresario el que elabore una Política Interna dirigida a todo el personal donde se defina cómo se ha de llevar a cabo el “Derecho a la Desconexión Digital”, acciones de formación y sensibilización de los empleados con la finalidad de hacer un uso adecuado de las nuevas tecnologías evitando con ello el “riesgo de fatiga informática”. Empleados que realicen su trabajo de manera total o parcial a distancia, o que lo desempeñen en su domicilio, tienen el derecho de poner en práctica la desconexión digital, intentando potenciar de esta forma la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar, evitando en la medida de lo posible molestias fuera de los horarios de trabajo.

Es más, este derecho a la desconexión digital irá unido al derecho del trabajador a no ser “vigilado” o “geolocalizado” con los dispositivos móviles puestos a disposición de la empresa para el desempeño de sus funciones. La ley matiza que se han de establecer garantías para preservar la intimidad del trabajador, tales como la delimitación del lapso de tiempo que los dispositivos móviles podrán ser usados para fines privados.

Cierto es que, es un hecho que el uso de dispositivos digitales (móviles, tablets, portátiles…) como consecuencia de las obligaciones laborales afectan, en una medida u otra, a la necesidad de conciliar la vida laboral y familiar. Por ejemplo, todos conocemos a alguien que lleva consigo dos móviles, uno laboral y otro personal, pero que al final los acaba usando indistintamente. Por lo que, prácticas como la desconexión digital en tiempos de descanso del trabajo podría ayudar a mitigar este problema.

No nos convirtamos en esa generación de “idiotas” de la que hablaba Albert Einstein… Aprendamos a “desconectar”…