A continuación se resumen las principales novedades:
1. Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas
a) Deducción por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y en su financiación
El Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio introdujo determinadas deducciones por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y en la financiación de este tipo de entidades.
Así, regula una deducción para aquellos casos en los que el sujeto se limite a adquirir acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de entidades, o de ampliación de capital en sociedades anónimas, limitadas, sociedades laborales y cooperativas (“deducción por inversión”); y una deducción incrementada para los casos en que, además, se financie a las entidades en las que se invierte (“deducción por inversión y financiación”).
La deducción por inversión era, hasta el 31 de diciembre de 2018, del 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de las acciones o participaciones, con un límite de 4.000 euros, si se cumplían ciertos requisitos. Ahora, con la Ley 3/2018, el porcentaje pasa al 30% y el límite a 6.000 euros.
Se introduce por otro lado el derecho a aplicar un 15% adicional de deducción con el límite de 9.000 euros cuando, además del cumplimiento de los requisitos generales, la inversión se realice en:
La deducción por inversión y financiación se calculaba hasta ahora aplicando un 20% a las cantidades invertidas en la adquisición de capital social como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital en sociedades anónimas, limitadas, sociedades laborales y cooperativas, y un 20% adicional a las cantidades prestadas y a las garantizadas personalmente por el contribuyente, con ciertos requisitos, con un límite conjunto de 20.000 euros. Ambos porcentajes se aumentan ahora al 30%.
Para esta deducción también se introduce el derecho a un 15% adicional de deducción con el límite de 35.000 euros cuando se invierta en o financie a las sociedades innovadoras, de base tecnológica o participadas por universidades u organismos de investigación antes indicadas.
b) Deducción por donaciones con la finalidad en I+D+i
Se amplía el ámbito de esta deducción, que ahora incluirá las donaciones a entidades sin ánimo de lucro que tengan la consideración de organismo de investigación y difusión de conocimientos con arreglo a la normativa comunitaria.
c) Nuevas deducciones
Se introducen dos nuevas deducciones para paliar los daños causados por la explosión de material pirotécnico que tuvo lugar en Tui en mayo de 2018.
2. Impuesto sobre el Patrimonio
Se revierte la subida acordada en 2013 en el contexto de la crisis económica, restituyendo la anterior escala del impuesto, que queda por tanto de la siguiente forma:
3. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
4. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Se duplica la reducción de parentesco en las adquisiciones por causa de muerte por colaterales de segundo grado por consanguinidad (hermanos), pasando de 8.000 a 16.000 euros.