Depende. Si tienes dudas sobre lo que incluye la pensión de alimentos debes acudir a la sentencia que recoge la obligación de pago. Si en la sentencia no especifica si la matrícula se paga a parte se entiende que va incluida dentro de la pensión de alimentos y no puede entenderse bajo ningún concepto como gasto extraordinario, ya que es un gasto necesario y previsible en el tiempo.
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