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El pasado 17 de enero de 2023, el Tribunal Supremo dictó cuatro sentencias relacionadas con el tipo de deudas que deben incluirse en el fichero de la lista de morosos, o deudores, de la Hacienda Pública propias del artículo 95 de la LGT.

En estas cuatro resoluciones, las dos primeras incluyen en dicha lista de morosos a Administraciones Públicas, es decir aquellas que velan por los intereses púbicos de los ciudadanos. La primera sentencia no admite incluir en el fichero de morosos de la hacienda pública una deuda que presuntamente tiene la Tesorería General de la Seguridad Social frente al Ayuntamiento de Madrid, por cuanto dicha deuda no ha devenido firme, al ser objeto de un recurso por parte de la Tesorería, ya que lo que se está discutiendo en el pleito es si se le puede considerar a dicha entidad como deudor tributario. -

Por el contrario, la tercera y cuarta sentencia tratan de ciudadanos relacionados con delitos penales tributarios por deudas respecto el impuesto del IRPF. En estos casos, el TS anula la inclusión de éstos en la lista de morosos a la Hacienda Pública, no solo por la no concurrencia de los requisitos y presupuestos pertinentes, sino también por estar éstos incluidos en la lista por razón de “liquidaciones vinculadas a delito”, es decir, aquellas que se producen cuando un particular infringe un delito contra la Hacienda Pública. En estos casos, el TS considera que los delitos que se infrinjan contra la Hacienda Pública se han de incluir en su causa penal correspondiente y bajo la potestad del juez penal, de tal forma que “no generan deudas tributarias aptas para que los afectados puedan figurar en la lista de morosos” tal y como cita la STS 130/2023.

En consecuencia, fija el TS que no podrán incluirse en la lista de morosos de la Agencia Tributaria ni las deudas que no han sido declaradas firmes ni tampoco las deudas que derivan de un delito, aunque se trate de un delito tributario, ya que debe preservarse, en estos casos, tanto la presunción de inocencia como la Protección de Datos.-

Desde Marín Fonseca abogados, con el fin de ofrecer la mejor defensa posible de sus intereses a los clientes, trabajamos para un mejor estudio de los casos concretos, estando al día de cuantas novedades se produzcan.

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Fuente: Bufete Marín Fonseca

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