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Han transcurrido más de tres años desde que el Tribunal Supremo dictara el acuerdo de 19 de diciembre de 2013, por el que se acordó que la medida cautelar consistente en la obligación de comparecer periódicamente – comparecencia apud acta– pueda ser compensada y abonada a la pena de prisión.

Desde entonces el TS ha dictado varias resoluciones en materia de abono de medidas cautelares heterogéneas. Pese que la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé un amplio abanico de medidas cautelares personales, buena parte de las resoluciones dictadas se han pronunciado únicamente sobre esta obligación.La jurisprudencia sobre el abono de medidas cautelares heterogéneas no sólo es escasa sino que además controvertida.

La abogada penalista Cristina del Alcázar Viladomiu se plantea diversos interrogantes sobre el particular en el artículo De nuevo con el abono de medidas cautelares: ¿hay vida más allá de la obligación de comparecer apud acta? que publica el número 124 de la a revista LA LEY PENAL de enero-febrero 2017. El artículo recoge los comentarios a la Jurisprudencia dictada con posterioridad al acuerdo del pleno jurisdiccional de 19 de diciembre de 2013. Del Alcázar Viladomiu, miembro de Bataller Balaguer Abogados, es también profesora asociada del Departamento de Derecho de la Universidad Pompeu Fabra.

Fuente: Bataller Balaguer Advocats

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