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La Tesorería General de la Seguridad Social ha procedido a actualizar los porcentajes de cotización aplicables conllevando un aumento de las cuotas mensuales de los trabajadores autónomos.

La disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, previó un aumento progresivo de los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (ver artículo anterior).

En concreto, hace tan solo unos días se ha aumentado de un tipo del 30% a uno del 30,3%. A estos efectos:

  • Para la cotización por contingencias profesionales, el tipo de cotización ha pasado de un 0,9 al 1,1 por ciento.
  • Para el cese de actividad, el tipo de cotización ha pasado de un 0,7 al 0,8 por ciento.
  • La cotización por contingencias comunes se ha mantenido en el 28,3 por ciento.
  • Por último, la cotización por formación profesional también se ha mantenido en el 0,1 por ciento.

De conformidad con lo anterior, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha procedido a la actualización de los tipos de cotización que se han venido aplicando hasta el periodo de liquidación de septiembre de 2020, y que correspondían a los previstos para el año 2019. Como consecuencia de la citada actualización, las cuotas correspondientes a partir del periodo de octubre de 2020 ya se han calculado con los nuevos tipos.

En la práctica, si un autónomo venía cotizando por la base mínima, este incremento del tipo de cotización le va a suponer un aumento mensual de tres euros aproximadamente —pasará a pagar 286,15 euros (944,40 x 30,30%) en lugar de 283,32 euros (944,40 x 30%).

Ahora bien, si un autónomo venía disfrutando de la tarifa plana de 60 euros, este incremento del tipo de cotización no le afectará, ya que seguirá pagando dicha cuota fija de 60 euros cada mes.

Respecto de la regularización que proceda hacer de las cuotas correspondientes a los meses de enero a septiembre, señalar que la misma se abordará en las próximas semanas y en su momento la TGSS informará del periodo de recaudación en el que se procederá al cargo en cuenta de las cuotas complementarias correspondientes.

Cabe recordar que de cara al 2021 la misma disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre también reguló el nuevo tipo a aplicar estableciéndolo en un 30,6 por ciento. Es decir, previsiblemente, el año venidero llevará aparejada una nueva subida de la cuota que teóricamente deberá ser aplicada en el mes de enero. Ya se verá si TGSS decide su ejecución en el tiempo estipulado o vuelve a demorarla tal y como ha sucedido este año.

Desde el departamento de Gestión Laboral de AddVANTE quedamos a su disposición para ampliar esta información o resolver cualquier duda que pudiera surgir relacionada con este artículo.

Víctor Jiménez